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Diego García Diego
Diego García Diego Martes, 19 de Julio de 2022

La nueva ley para la igualdad de trato y el fútbol

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No se trata de una Ley más de derechos sociales sino, sobre todo, de derecho antidiscriminatorio específico, “que viene a dar cobertura a las discriminaciones que existen y a las que están por venir, ya que los desafíos de la igualdad cambian con la sociedad”

Hace unos pocos días se publicaba la ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación (Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación).

 

No se trata de una Ley más de derechos sociales sino, sobre todo, de derecho antidiscriminatorio específico, “que viene a dar cobertura a las discriminaciones que existen y a las que están por venir, ya que los desafíos de la igualdad cambian con la sociedad”, que produce efectos en materia de sostenibilidad o responsabilidad social corporativa así como en materia de seguridad.

 

El objetivo de esta ley es el establecimiento de un marco legal adecuado para la prevención, atención y eliminación de todas las formas de discriminación.

 

Igualdad de trato en el fútbol

 

El fútbol, deporte seguido por miles de aficionados, existen numerosas circunstancias que podrían ser susceptibles de ser tratadas conforme a esta nueva normativa.

 

Por un lado los deportistas, siendo conocedores de la diversidad existente entre los futbolistas, cuerpos técnicos y empleados de oficina, sería muy oportuno prestar atención a las obligaciones existentes en esta normativa, en la medida que estos son empleados del club los cuales entran dentro del ámbito de aplicación de esta normativa.

 

Se trata de un aspecto importante dentro del pilar social de la sostenibilidad o responsabilidad social corporativa, que tiene relevancia en el ámbito laboral, tanto a nivel individual como de negociación colectiva.

 

Tal es así que la propia ley indica, al margen de los preceptos de obligado cumplimiento, “las empresas podrán asumir la realización de acciones de responsabilidad social consistentes en medidas económicas, comerciales, laborales, asistenciales o de otra naturaleza, destinadas a promover condiciones de igualdad de trato y no discriminación en el seno de las empresas o en su entorno social. En todo caso, se informará a los representantes de los trabajadores de las acciones adoptadas”.

 

Por otro lado, los grupos de animación. No son pocas las ocasiones en las que se producen situaciones en las que estos se ven impedidos de acceder a partidos de fútbol por diferentes motivos.

 

Esta normativa obliga a los clubes a ser más cautelosos con estas situaciones, si bien las razones de seguridad siempre serán un bien jurídico superior, es importante tener en cuenta que el objetivo prioritario de esta ley “prohibir toda disposición, conducta, acto, criterio o práctica que atente contra el derecho a la igualdad” y que “ se consideran vulneraciones de este derecho la discriminación, directa o indirecta, por asociación…”.

 

La Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación

 

Se trata de un organismo independiente, unipersonal, que tiene como objetivo ofrecer protección frente a la discriminación y promueva el cumplimiento del derecho antidiscriminatorio tanto en el sector público como en el privado, que se constituirá en un plazo máximo de 6 meses.

 

Como cometidos de la Autoridad más destacados podríamos identificar:

 

- La recepción y tramitación de las quejas o reclamaciones de las víctimas.


- Constituirse, con el consentimiento expreso de las partes, en órgano de mediación o conciliación entre ellas en relación con violaciones del derecho a la igualdad de trato y no discriminación, excepción hecha de las que tengan contenido penal o laboral. Sus decisiones tendrán carácter vinculante para las partes.
Iniciar, de oficio o instancia de terceros, investigaciones sobre la existencia de posibles situaciones de discriminación


- La Autoridad Independiente tendrá potestad sancionadora, pudiendo imponer sanciones pecuniarias entre 300 euros hasta los 500.000.

 

De manera que estamos ante un nuevo organismo ante el cual podría verse cualquier club — o cualquier organización- en el caso la existencia de discriminaciones, situaciones que podrían darse tanto a nivel interno como externo que requieren extremar la atención a todos los niveles, selección, contratación, disciplinario, en materia de comunicación y en la relación con los grupos de interés.

 

 

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