
En particular, la CNMC recuerda su valoración desfavorable sobre la inclusión de facultades, reservas o titularidad de derechos no atribuidos por el Real Decreto-ley 5/2015 y sobre las restricciones injustificadas relativas a las decisiones de publicidad de los adjudicatarios.
La CNMC ha emitido dos nuevos informes en los que analiza las condiciones propuestas por la Real Federación Española de Fútbol para comercializar los derechos audiovisuales de la Copa de S.M. El Rey y la Supercopa en España y Andorra, sobre las nuevas propuestas remitidas por la RFEF.
En particular, la CNMC recuerda su valoración desfavorable sobre la inclusión de facultades, reservas o titularidad de derechos no atribuidos por el Real Decreto-ley 5/2015 y sobre las restricciones injustificadas relativas a las decisiones de publicidad de los adjudicatarios.
También valora desfavorablemente que se mantenga la discrecionalidad de la RFEF a la hora de proceder de una forma u otra para la licitación en el caso de no alcanzarse el precio de reserva, sin explicar los criterios para una u otra decisión.
Respecto a otros cambios introducidos en las conclusiones, la CNMC valora favorablemente que se considere (en la Copa) la opción del desdoblamiento del Lote 1 (con los principales partidos) en 2 posibles opciones, para aumentar los potenciales interesados, que se licite por un máximo de 3 años en la Copa del Rey (límite que ya existía en la Supercopa), y que el precio de reserva pase a ser conocido por los interesados.
Estos informes se emiten en virtud del artículo 4 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional. Este exige a las entidades comercializadoras solicitar a la CNMC un informe previo sobre las condiciones propuestas.


















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