
La RFEF aclara que esta medida no afecta a las solicitudes de tramitación de las renovaciones de licencias de todas aquellas jugadoras extranjeras no comunitarias con licencia profesional que tuvieran contrato en vigor depositado en la RFEF antes del 30 de junio de 2022.
La RFEF acaba de emitir una nueva circular, la número 2 de 10 de julio, en la que recuerda que, según el artículo 28 y la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre de Federaciones deportivas, la expedición de licencias deportivas para jugadoras extranjeras no comunitarias está condicionada a la existencia de un acuerdo entre la Real Federación Española de Fútbol, la Liga Profesional de Fútbol Femenino y el Sindicato mayoritario sobre el número máximo de licencias de esta tipología que podrían emitirse.
Añade que, en caso de no llegarse a un acuerdo, sería el Consejo Superior de Deportes quien debería fijar esa cantidad.
Dado que en estos momentos dicho acuerdo aún no se ha establecido y con el único objetivo de no condicionar cualquier tipo de negociación en este sentido, la RFEF informa que queda suspendida la tramitación de nuevas licencias para jugadoras extranjeras no comunitarias en los clubes que dispongan de equipos en la competición profesional femenina hasta que se llegue a dicho acuerdo, o en su caso, resuelva el CSD, siendo este el único mecanismo previsto en la legislación vigente para definir el número máximo de jugadoras extranjeras no comunitarias que pueden jugar en una competición oficial profesional en España y, por tanto, condición previa imprescindible para que la RFEF pueda emitir las licencias correspondientes conforme a la legalidad vigente.
La RFEF aclara que esta medida no afecta a las solicitudes de tramitación de las renovaciones de licencias de todas aquellas jugadoras extranjeras no comunitarias con licencia profesional que tuvieran contrato en vigor depositado en la RFEF antes del 30 de junio de 2022.
Dicha renovación podrá extenderse como máximo hasta la finalización del contrato depositado antes del 30 de junio de 2022 sin prórrogas acordadas con posterioridad, salvo que la solicitud de renovación estuviere, en su momento, dentro del cupo máximo de jugadoras que se acuerde entre la RFEF, la LPFF y el Sindicato o, en su caso, decidiere el CSD.
























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