
En el auto da por finalizada la instrucción de la causa contra el citado presidente y otros directivos, y acordado continuar la tramitación de las diligencias por los trámites del procedimiento abreviado por si los hechos imputados fueren constitutivos de presunto delito
En un auto adelantado por Rafa Fernández en Onda Cero, al que ha tenido acceso IUSPORT, el Juzgado de Instrucción nº 7 se Alicante ve indicios de delito en la gestión del presidente de la Federación Española de Takwondo, Jesús Castellanos.
En el auto da por finalizada la instrucción de la causa contra el citado presidente y otros directivos, y acuerda continuar la tramitación de las diligencias por los trámites del procedimiento abreviado por si los hechos imputados fueren constitutivos de presunto delito de fraude de subvenciones, malversación de fondos úblicos, administración desleal, apropiación indebida, falsedad documental.
El juez acuerda asimismo dar traslado al Ministerio Fiscal y, en su caso, a las acusaciones particulares personadas, para que en el plazo común de diez días, solicite/n la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.
Dice el auto: "En definitiva, en base a todas las diligencias practicadas, consistentes entre otras en documental obrante en autos, informes aportados, intervenciones telefónicas, declaraciones de investigados y de los distintos testigos, existen indicios afirmar la existencia de indicios en relación los hechos anteriormente indicados. En definitiva, los investigados de forma conjunta, con el fin de obtener dinero público de CSD durante años, recurrieron a distintas prácticas que partía de la alteración de los documentos, amañando facturas, documentación para reflejar unos datos que no se ajustaban a la realidad a fin de percibir el dinero del CSD. Alteraban al propio tiempo la contabilidad, haciendo constar determinadas cifras en determinados asientos para hacer constar unos gastos en base a unos conceptos falsos o inexistentes".

























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