Sábado, 10 de Enero de 2026

Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

El PP propone prohibir por ley las retribuciones variables a los presidentes

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Viernes, 29 de Abril de 2022
Imagen de archivo / los presidentes reunidos en el COEImagen de archivo / los presidentes reunidos en el COE

Tal fue el escándalo que el propio Rubiales anunció de forma inmediata que pediría a la asamblea eliminar la parte variable de su retribución y que le fijen un sueldo fijo.

Entre las muchas enmiendas presentadas por el PP, a las que ha tenido acceso IUSPORT, hay una encaminada directamente a impedir casos como el que ha ocupado las portadas de todos los medios la semana pasada, tras la información publicada por El Confidencial sobre las conversaciones entre Rubiales y Piqué en torno a la Supercopa en Arabia Saudí.


Además de sacar a relucir esas conversaciones, a las que el presidente del CSD se refirió como "ni éticas ni estéticas", el asunto adquirió un cariz feo cuando trascendió que el sistema de retribución variable que la asamblea de la RFEF autorizó a su presidente ponía en riesgo la integridad de la competición.


Tal fue el escándalo que el propio Rubiales anunció de forma inmediata que pediría a la asamblea eliminar la parte variable de su retribución y que le fijen un sueldo fijo.


Pues bien, como saben los lectores de IUSPORT, el pasado miércoles venció, tras varias prórrogas, el plazo de enmiendas al proyecto de la nueva ley del deporte y, como decíamos, una de ellas va dirigida directamente a evitar situaciones como la descrita.


Literalmente, la enmienda del PP en esta materia propone añadir un apartado al art. 55, sobre Normas de gobernanza, del siguiente tenor:

 

1. Son deberes de los miembros de la junta directiva y, en su caso, de la comisión delegada de las federaciones deportivas u órganos de gestión y dirección en el caso de las ligas profesionales, los siguientes:

...

"e) No obtener ventaja respecto de las oportunidades de negocio que conozcan en su condición de miembros de la junta directiva o de la comisión delegada u órganos equivalentes. Así como la percepción de comisiones o porcentajes de beneficios económicos por parte de ningún miembro de un órgano colegiado de las ligas o federaciones".

 

La novedad radica en el último inciso: "Así como la percepción de comisiones o porcentajes de beneficios económicos por parte de ningún miembro de un órgano colegiado de las ligas o federaciones".

 

 

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