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El presidente de "Dux" denuncia a Rubiales ante el CSD por la ayuda de vivienda

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Jueves, 28 de Abril de 2022

Solicita la incoación de un procedimiento disciplinario por infracción del artículo 76.2.d) de la Ley del Deporte al Presidente de la Real Federación Española de Fútbol y remitir al TAD, y en tanto se tramita el procedimiento, se acuerde la suspensión forma cautelar y provisional

Stephen Kenneth, presidente de DUX Internacional, club que milita en Primera RFEF, ha presentado una denuncia ante el CSD en la que solicita la suspensión de Rubiales como presidente de la RFEF y que traslade la misma al TAD para la incoación de expediente disciplinario.

 

La denuncia, a la que ha tenido acceso IUSPORT, está basada en el presunto abono de una ayuda por vivienda al presidente de la RFEF que, según el denunciante, no debió percibir.

 

Por ello, solicita la incoación de un procedimiento disciplinario por infracción del artículo 76.2.d) de la Ley del Deporte al Presidente de la Real Federación Española de Fútbol y remitir al TAD, y en tanto se tramita el procedimiento, se acuerde la suspensión forma cautelar y provisional del Presidente.

 

Para el denunciante, los hechos denunciados se encuadran en la infracción tipificada en el artículo 76.2.d) de la Ley del Deporte:

 

“2. Asimismo, se considerarán específicamente infracciones muy graves de los presidentes y demás miembros directivos de los órganos de las Federaciones deportivas españolas y Ligas Profesionales, las siguientes:

 

d) La incorrecta utilización de los fondos privados o de las subvenciones, créditos, avales, y demás ayudas del Estado, de sus Organismos autónomos o de otro modo concedidos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado”.

 

Añade que corresponde al Tribunal Administrativo del Deporte, de conformidad con el artículo 84 de la Ley del Deporte tramitar y resolver expedientes disciplinarios a instancia del Consejo Superior de Deportes y de su Comisión Directiva, en los supuestos específicos a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Deporte.

 

Finalmente, solicita que, de conformidad con el artículo 43.c) de la Ley del Deporte, el CSD, con el fin de garantizar el cumplimiento efectivo de las funciones encomendadas a las Federaciones deportivas españolas acuerde suspender, de forma cautelar y provisional, al Presidente de la Real Federación Española de Fútbol como consecuencia de presunta irregularidad muy grave y susceptible de sanción, tipificada como tal en el artículo 76 de la Ley del Deporte.

 

A partir de aquí, lo procedente es que el CSD abra un expediente informativo en el que dará audiencia a la RFEF y si halla indicios racionales de que se han cometido irregularidades (no es preciso que obtenga pruebas indubitadas) acordará dar traslado al TAD de la denuncia acompañanda de un escrito razonado. En caso contrario, desestimará la denuncia y procederá al archivo de las actuaciones.

 

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