
Según Mediapro, el Juez, por error, ha tomado la diferencia entre la cifra reclamada originariamente (3.375.266 euros) y la que se fijó finalmente (2.125.369 euros), en lugar de consignar ésta en la cifra definitiva de daños.
Este viernes informamos de la sentencia del Juzgado de lo Mercantil 3 de Madrid por la que se estima la demanda interpuesta por el grupo Mediapro contra la RFEF, en la que le reconoce el derecho a ser resarcida económicamente por los daños y perjuicios que le ha ocasionado la forma de actuar de la Federación en el concurso del VAR de 2019 del que fue excluida.
El 15 de mayo de 2019, la Federación publicó en su web la convocatoria de un concurso para la prestación del servicio de asistencia al arbitraje a través de vídeo y la puesta a disposición de los equipamientos necesarios para el servicio. El contrato alcanzaba todas las competiciones oficiales desde la temporada 2019/20 a la 2022/23, diversas fases de la Copa del Rey, partidos de Segunda División y de la fase de ascenso, entre otros.
La RFEF defendía que el contrato que había firmado Mediapro con la patronal en fase experimental sólo le unía por un año y que, transcurrido ese plazo, era libre para convocar un proceso de licitación y seleccionar a la empresa que considerara más conveniente.
En julio de 2019, la Federación eligió a la empresa Hawk-Eye (Ojo de halcón) como prestataria del servicio hasta la temporada 2022-2023 en detrimento de Mediapro, que había pujado por el contrato con una oferta económica más ventajosa.
Esa adjudicación fue impugnada por el grupo que preside Jaume Roures, en cuyo pleito acaba de recaer sentencia, notificada ayer a las partes, por la que se declara la actuación de la RFEF supuso un «perjuicio objetivo» a la operadora y le condena a pagar 1,2 millones de euros en concepto de indemnización, tal y como adelantó Antonio Salvador en El Independiente.
Pues bien, según hemos sabido este sábado en IUSPORT, Mediapro va a solicitar una aclaración de sentencia al entender que ha habido error a la hora de fijar la cuantía.
El error se debe, según la operadora, a que, si bien la cantidad inicial reclamada en la demanda fue reducida con posterioridad debido a que Mediapro había conseguido reutilizar buena parte de los equipos del VAR, los 3.375.266 euros que reclamaron inicialmente debían quedar reducidos a 2.125.369 euros, no a 1.249.897, como por error se fijó en la sentencia.
Según Mediapro, el Juez, por error, ha tomado la diferencia entre la reclamada originariamente (3.375.266 euros) y la que se fijó finalmente (2.125.369 euros), en lugar de consignar ésta en la cifra definitiva de daños.
Llueve sobre mojado
Esta sentencia notificada ayer es la segunda entre las mismas partes en el espacio de un mes. El mismo juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en sentencia de 10 de enero de 2022 a la que ha tuvo acceso IUSPORT, declaró que la Federación Española de Fútbol (RFEF) abusó de su posición de dominio y perjudicó a Mediapro en el concurso de adjudicación de los derechos audiovisuales de la Copa del Rey 2019-2022.
La sentencia resuelve a favor de Mediapro el procedimiento que interpuso contra la RFEF por excluirla de la adjudicación de los derechos nacionales e internacionales de la Copa para ese periodo y la condena a indemnizarla por las ganancias dejadas de obtener por no haber sido adjudicataria de la gestión de los derechos, cuya cuantía quedó pendiente de fijar en ejecución de sentencia..


























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