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La Audiencia suspende el ingreso en prisión de Lucas Hernández

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Miércoles, 27 de Octubre de 2021

La Sección 26 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso presentado por Lucas Hernández contra el mandamiento de ingreso en prisión por quebrantamiento de condena y suspende la ejecución de pena de seis meses impuesta al penado con condiciones

La Audiencia Provincial de Madrid ha suspendido la ejecución de la pena de seis meses de prisión impuesta al futbolista francés del Bayern de Múnich Lucas Hernández por ser reincidente en delitos relacionados con violencia machista.

Así lo acuerda la Audiencia en un auto al que ha tenido acceso IUSPORT, en el que estima el recurso de Lucas Hernández contra el mandamiento de ingreso en prisión por quebrantamiento de condena y le impone la condición para suspender la ejecución de la pena que no cometa un nuevo delito en un periodo de cuatro años y que pague una multa de 96.000 euros.

 

La Sección 26 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso presentado por Lucas Hernández contra el mandamiento de ingreso en prisión por quebrantamiento de condena y suspende la ejecución de pena de seis meses impuesta al penado con las siguientes condiciones:

 

- Periodo de suspensión de pena de cuatro años

 

- La suspensión queda condicionada a que el penado no cometa un nuevo delito durante ese periodo

 

- Se condiciona asimismo la suspensión al pago de una multa que se establece en 240 cuotas de multa con una cuota diaria de 400 euros.

 

El incumplimiento de estos deberes podrá motivar la revocación y la ejecución de la pena impuesta.

 

Los jueces, en su resolución, justifican la estimación en el hecho de que “sus circunstancias familiares y sociales, y los efectos que quepa esperar de la propia suspensión de la ejecución y del cumplimiento de las medidas que fueren impuestas, cabe decir que examinada su hoja histórico penal, si bien hay una condena por delito de lesiones del año 2018, es referida a hechos del año 2015, y que desde la comisión del delito de quebrantamiento de 13 de junio de 2017, no consta en su hoja histórico penal la comisión de ningún nuevo hecho delictivo, lo que puede valorarse para considerar que en la actualidad no es necesario esperar a la ejecución de la pena para evitar que el penado delinca”. 

 

Y añade el auto:  "Sobre sus circunstancias familiares y sociales se ha puesto de relieve en el recurso que el penado convive con la señora de la Osa y el hijo de ambos, sin que se tenga constancia de nuevos incidentes entre ellos".

 

"Por todo ello consideramos que debe estimarse el recurso de apelación y acordar la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta a Lucas François Bernard Hernández, en base a lo establecido en el artículo 80.3 del Código Penal".

 

El caso

 

El que fuera jugador del Atlético de Madrid se presentó el pasado día 18 en el Juzgado de lo Penal número 32 de Madrid, que le dio un plazo de diez días para ingresar en prisión pero estaba pendiente que la Audiencia resolviera su recurso.


Lucas Hernández fue condenado a seis meses de prisión por quebrantar la orden de alejamiento sobre su pareja sentimental con la que se fue de luna de miel a pesar de que ambos tenían sendas medidas de distanciamiento sobre el otro por una condena previa por delitos de maltrato en el ámbito familiar.


El futbolista solicitó la suspensión de la pena de cárcel pero inicialmente el citado Juzgado de lo Penal se la denegó porque tiene dos sentencias condenatorias por lesiones en el ámbito de la violencia de género, dictadas por un Juzgado de Madrid y otro de Móstoles (Madrid).

 

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