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El Zaragoza podría haber incurrido en alineación indebida contra la Gimnástica

José Sellés José Sellés Miércoles, 16 de Diciembre de 2020
F: Real ZaragozaF: Real Zaragoza

El técnico Juan Ignacio Martínez hizo la sustitución adicional que permite el reglamento en la prórroga en el minuto 113, cuando en las Bases se estipula que tiene que ser "al iniciarse o en el descanso de la misma". Ahora la Gimnástica, que ha perdido por 0-2, puede denunciar este hecho y sería Competición quien decida si se trata de alineación indebida o inclumplimiento de órdenes, que se saldaría con sanción económica

La eliminatoria que ha enfrentado este miércoles por la tarde al Real Zaragoza contra la Gimnástica de Torrelavega en tierras cántabras ha dejado una negligencia del equipo aragonés que podría costarle una sanción. Pese a que los pupilos de Juan Ignacio Martínez se han impuesto por 0-2 gracias a los goles de Iván Azón y Francho, el técnico recién llegado al banquillo de la Romareda ha ejecutado un sexto cambio en la prórroga presuntamente incumpliendo las Bases de Competición.

 

Como es sabido, debido a este año excepcional que el mundo está viviendo debido al coronavirus, los equipos pueden hacer hasta cinco sustituciones en tres parones del partido. Sin embargo, si se llega a una prórroga con estos cinco cambios consumidos se permite hacer una sexta adicional.

 

Así también se recoge en las disposiciones extraordinarias por la COVID-19 aprobadas por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) el pasado 14 de septiembre: "Entre las normas que se incluyen figuran la posibilidad de sentar en el banquillo hasta nueve suplentes para hacer hasta cinco cambios en tres interrupciones del partido, además de una sustitución adicional en caso de prórroga, antes de iniciarse o en el descanso de la misma".

 

La negligencia en el Real Zaragoza ha venido porque Juan Ignacio Martínez ha llevado a cabo ese sexto cambio permitido en el minuto 111 de partido, esto es, comenzada la seguna parte de la prórroga. Ni en el comienzo de la prórroga ni en el descanso de la misma. En este minuto ha salido del terreno de juego Gabriel Fernández y ha entrado Chavarría. Era la sexta sustitución, puesto que durante los noventa minutos se habían hecho los cinco cambios reglamentarios.

 

La Gimnástica de Torrelavega ha caído eliminada de la Copa del Rey tras perder 0-2, pero tiene la posibilidad de presentar un recurso ante el Comité de Competición para intentar ganarse la plaza a la siguiente ronda en los despachos con esta circunstancia.

 

¿Ha cometido el Zaragoza alineación indebida?

 

No está rotundamente claro que el conjunto aragonés haya cometido alineación indebida, puesto que la negligencia es sobre el minuto en el que se ha hecho el cambio, no por una cuestión exclusiva del jugador que ha entrado o por el número de futbolistas con ficha del primer equipo que estaban sobre el terreno de juego. Pero, puesto que se trata de una norma nueva debido al COVID, no hay precedentes y toca esperar al veredicto de Competición, si hubiese denuncia.

 

El artículo 76 del Código Disciplinario establece que "en todo caso, al club que alinee indebidamente a un futbolista por no reunir los requisitos reglamentarios para poder participar en un partido, se le dará éste por perdido, declarándose vencedor al oponente con el resultado de tres goles a cero, salvo que se hubiere obtenido un tanteo superior, si la competición fuere por puntos, en cuyo caso se mantendrá".

 

Pero en el caso de la Copa del Rey, se aplicaría el apartado siguiente: "Si lo fuese por eliminatorias, se resolverá la de que se trate a favor del oponente. Tratándose de este supuesto, si faltare por celebrar el segundo de los encuentros en el campo de este último, el culpable deberá indemnizarle en la cuantía que se determine en función al promedio de las recaudaciones de competiciones de clase análoga durante las dos anteriores temporadas".

 

No obstante, cabe la posibilidad de que Competición considere que no se trata de una alineación indebida, sino de un incumplimiento de las disposiciones de la RFEF, que es donde se refleja esta norma que presuntamente se ha vulnerado. Ahí, a priori, no peligraría el pase de ronda para el Zaragoza, pero se expondría a una sanción.

 

El artículo 126 del Código Disciplinario reza lo siguiente: "El incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias que dicten los órganos federativos competentes, con excepción de las específicas calificadas como de carácter grave o muy grave, será, sancionado como infracción leve y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido."

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