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El esperpento del Jira Panel o no hay dos sin tres

José Miguel Fraguela José Miguel Fraguela Miércoles, 25 de Noviembre de 2020

Ya dijimos en aquella ocasión que el Jira Panel de la UEFA volvía por sus fueros y se superaba a sí mismo, pero no imaginamos que sólo un mes después iba a reeditar la faena con otro caso absolutamente 'alegal", por ser suaves.

Ya nos pronunciamos en octubre pasado sobre este esperpento en el que se ha convertido el Jira Panel de la UEFA, que parece que sólo responde ante Dios y la Historia, como ocurría con quien fuera Jefe del Estado Español entre 1939 y 1975.

 

Ya dijimos en aquella ocasión que el Jira Panel de la UEFA volvía por sus fueros y se superaba a sí mismo, pero no imaginamos que sólo un mes después iba a reeditar la faena con otro caso absolutamente 'alegal", por ser suaves.

 

Un comité de la UEFA que empezaba por vetar a Jorge Almirón con la UD Las Palmas en 2017 en base a normas inexistentes pero que autorizaba su inscripción con el Elche y ahora a Eduardo Coudet con el Celta en los mismos términos y circunstancias.

 

En diciembre de 2017, la Real Federación Española de Fútbol, a través de su Comité de Entrenadores, tras informe del Jira Panel, rechazó la licencia del técnico argentino Jorge Almirón por la Unión Deportiva Las Palmas con el argumento de que no cumplía los “requisitos mínimos exigibles para su capacitación como Primer Entrenador de un club de categoría nacional en España”.

 

En concreto, el motivo del veto estaba en el número de años de experiencia previa en la élite que se necesitan para ser admitido por la RFEF, pero, a diferencia de la norma de vigente en 2020, la de 2017 exigía tres años, no cinco.

 

Esto decía el artículo 161 del Reglamento General de la Federación vigente en 2017:

 

“Los entrenadores que hayan obtenido su titulación en el extranjero, a excepción de las asociaciones nacionales con convenios de Licencias UEFA, podrán actuar en clubs adscritos a competiciones de ámbito estatal y de carácter profesional, siempre que estén en posesión de título equivalente al nacional y hayan ejercido, como titulares, en equipos de la máxima categoría de asociaciones nacionales afiliadas a la FIFA, por tiempo no inferior a tres temporadas”.

 

Pese a la contundencia del precepto, el Comité de Entrenadores afirmó que Almirón “en ningún caso cumple con los cinco años que requiere UEFA para su capacitación en Europa”.

 

Lo grave es que el propio Comité reconocía que la exigencia de cinco años aún no había sido aprobada por el CSD, lo cual, sin embargo, no le impidió aplicarla.

 

No hace falta recordar que toda normativa estatutaria y reglamentaria de las federaciones necesitan, para entrar en vigor, el visto bueno del Consejo Superior de Deportes. Lo establece el artículo 8 de la Ley del Deporte de 1990. Dicho precepto establece que es competencia del CSD “autorizar y revocar de forma motivada la constitución y aprobar los estatutos y reglamentos de las Federaciones deportivas españolas”.

 

El acuerdo del Comité de Entrenadores adujo que “tras la última modificación del Reglamento General de la RFEF aprobada por su Comisión Delegada el pasado 25 de octubre de 2017 el periodo mínimo de experiencia para estos casos es de cinco años”, pero reconocía que “esta modificación se encuentra ya en el Consejo Superior de Deportes para ser ratificado en la próxima reunión de la Comisión Directiva”.

 

En 2020 autoriza a Almirón con el Elche y a Coudet con el Celta pese a que no cumplen el requisito de los cinco años

 

Y en 2020, el Jira Panel lo vuelve a hacer, pero al revés y por partida doble. Pese a objetar que ambos técnicos argentinos no cumplen el requisito de experiencia previa como entrenador de  primer equipo en cinco temporadas completas, opta por concederles una autorización provisional para que se pongan al frente de Elche y Celta pero les advierte de que si cesan anticipadamente, no les autorizará a entrenar a ningún otro club europeo.

 

Como ya dijimos, esto no tiene ni pies ni cabeza. O reúne los requisitos o no los reúne. No alcanzamos a comprender en base a qué, si los técnicos argentinos no cumplen tal requisito, son autorizados por el Jira Panel.

 

Nuestra argumentación no va contra los clubes, que están en su derecho a pelear el asunto y nos alegramos de que lo hayan conseguido. Lo que criticamos es esa forma totalmente arbitraria de actuar del comité de la UEFA, una vez más.

 

Fue arbitrario en 2017 al negar la autorización con Las Palmas, lo fue con Almirón en octubre pasado y ha vuelto a ser arbitrario ahora en el caso Coudet.

 

Sencillamente impresentable.

 

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