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Qué requisitos legales hay que cumplir para ser directivo del Barça

José Sellés José Sellés Viernes, 06 de Noviembre de 2020
F: Sí al futurF: Sí al futur

La principal condición que fijan los Estatutos azulgranas es tener una antigüedad mínima de 5 años como socio

Fijado un horizonte espacio-temporal para la convocatoria de elecciones a la presidencia del FC Barcelona, los diferentes precandidatos ultiman de armar sus candidaturas para presentar este próximo mes de diciembre un proyecto ilusionante y solvente para atraer el voto del socio. Si bien hace unos días los compañeros de la emisora RAC1 informaban de las intenciones de Joan Laporta de convencer al exdirector general del Valencia Mateu Alemany para incorporarlo a su candidatura, este viernes ha sido Víctor Font, quien ha dado un golpe sobre la mesa.

 

El consultor español ha confirmado el fichaje de Toni Nadal, exentrenador del milenario Rafa Nadal, para su candidatura Sí al futur. Según ha informado la candidatura, el tío del tenista y hermano del exjugador azulgrana Miguel Ángel Nadal, se uniría a la Junta Directiva mediante la creación del 'Área de Comportamiento'.

 

Llegados a este punto cabe preguntarse: ¿Cuáles son los requisitos para formar parte de la Junta Directiva del FC Barcelona? Los Estatus del club no permiten que cualquier persona pueda formar parte de su órgano de gobierno, aunque sea en áreas con menor toma de decisiones o de menor trascendencia económica. Los cargos que, como mínimo, debe estar compuesta la Junta directiva del club son, obligatoriamente, el de presidente, vicepresidente, secretario y tesorero. Sin embargo, los Estatutos resaltan que “facultativamente y por decisión de la propia Junta, hasta cuatro vicepresidentes más, un vicesecretario y los presidentes de comisiones o secciones del Club, así como los adjuntos o suplentes de estos cargos, que la Junta acuerde nombrar para el mejor gobierno del Club”.

 

Está claro que la idea de Víctor Font es que Toni Nadal presida una comisión o una área nueva “el Área de Comportamiento”, según ha confirmado el precandidato, para “trasladar a todos los integrantes del club cuáles son los valores y la forma de hacer propias del Barcelona”.

 

Para poder ser directivo del FC Barcelona es requisito sine qua non tener una antigüedad como socio de cinco años, a excepción del presidente, que es de mínimo diez. Además, los Estatutos requieren “no haber estado vinculado al FC Barcelona como jugador, entrenador, técnico o empleado, durante los dos años anteriores a la convocatoria”. Unos requisitos que, en principio, el exentrenador manacorí cumple al ser el socio número 63.964 del club azulgrana.

 

Otros requisitos que se contemplan son el “no estar legalmente incapacitado”, no tener suspendida la condición de socio en el momento de convocarse las elecciones y no haber sido sancionado disciplinariamente por el Club, por infracción muy grave, durante los cinco años anteriores a la convocatoria de las elecciones.

 

Además, los Estatutos del Barça resaltan que los directivos (que son aquellas personas que forman parte de la Junta Directiva), no podrán estar vinculados al Club ni a la Fundación por un contrato laboral: “La relación de los directivos con el Club es orgánica y no contractual, por lo que no podrá haber contraprestación económica”, concreta el artículo 32.3 de los Estatutos.

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