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'Cucho' Hernández, expedientado por sus palabras sobre Gil Manzano

José Sellés José Sellés Miércoles, 04 de Noviembre de 2020
F: LaLigaF: LaLiga

El jugador del Getafe afirmó que "hasta el árbitro supo que no era penalti" y que Jesús Gil Manzano les condicionó el partido. El club azulón tendrá un plazo de 15 días para alegar

El Comité de Competición ha decidido incoar este miércoles un expediente disciplinario al delantero del Getafe Juan Camilo 'Cucho' Hernández por las palabras proferidas el pasado 26 de octubre contra el árbitro Jesús Gil Manzano. Fue en la jornada séptima cuando se enfrentaron en el Coliseum Alfonso Pérez el conjunto de José Bordalás y el Granada de Diego Martínez.

 

Los andaluces se impusieron por 0-1 gracias a un polémico penalti que anotó Ángel Montoro. Esa pena máxima señalada por el árbitro extremeño enojó al vestuario azulón, cuya indignación fue expresada por el delantero colombiano ante los medios de comunicación: "Hasta el árbitro Jesús (Gil Manzano) sabe que no hubo penal, está clarísimo. Lo que me sorprende y nos sorprende a todos es que ni siquiera se tomó la molestia de ir a verlo en el VAR. Es una jugada en la que el jugador toca primero balón, que no vaya y lo vea me sorprende la verdad", afirmó el jugador del Getafe tras el partido.

 

Pero las palabras de 'Cucho' no terminaron aquí. El delantero colombiano afirmó que los árbitros "se complican la vida solos. No hay ningún problema en que se tome uno o dos minutos en ir a ver la jugada y ya está. Me parece de locos". A ello, el jugador añadió que "durante todo el partido fue un poco irrespetuoso con nosotros, amenazándonos desde el primer minuto, así que al final te condiciona el partido. Es totalmente sorprendente, no me lo creo aún".

 

Una vez incoado el expediente, el instructor tiene un plazo no superior a quince días hábiles para iniciar la fase probatoria, donde los interesados, en este caso el Getafe y 'Cucho' Hernández, podrán practicar "cualquier prueba o aportar directamente las que resulten de interés para la adecuada y correcta resolución del expediente", reza el artículo 36 del Código Disciplinario.

 

Una vez concluya esta fase probatoria, el instructor podrá proponer el sobreseimiento del expediente o, por contra, formulará el correspondiente pliego de cargos donde detallará los hechos imputados al jugador, así como la propuesta de sanción.

 

Posible sanción tras el nuevo artículo 100 bis

 

Este tipo de declaraciones, si se consideran especialmente graves y que ponen en duda la imparcialidad del colectivo arbitral, podrían sancionarse con una suspensión de cuatro a doce partidos.

 

Así se recoge en el recién reformado artículo 100 bis del Código Disciplinario de la RFEF: "La realización por parte de cualquier persona sujeta a disciplina deportiva de declaraciones a través de cualquier medio mediante las que se cuestione la honradez e imparcialidad de cualquier miembro del colectivo arbitral o de los órganos de la RFEF; así como las declaraciones que supongan una desaprobación de la actividad de cualquier miembro de los colectivos mencionados cuando se efectúen con menosprecio o cuando se emplee un lenguaje ofensivo, insultante, humillante o malsonante, serán sancionados:

 

- Tratándose de futbolistas, técnicos, preparadores físicos, delegados, médicos, ATS/FTP, ayudantes sanitarios o encargados de material, de cuatro a doce partidos de suspensión y multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros". 

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