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Iván Palazzo
Iván Palazzo Miércoles, 07 de Octubre de 2020

La necesaria modificación de la categorización de clubes de la FIFA

La génesis del instituto de la indemnización por formación se remonta al primero de setiembre de 2001, cuando comienza la vigencia del nuevo Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA (RETJ).

El artículo 20 del RETJ dispone que “La indemnización por formación se pagará al club o clubes formadores de un jugador: 1) cuando el jugador se inscriba por primera vez como profesional y 2) por cada transferencia del jugador profesional hasta el fin de la temporada en la que cumple 23 años”.

 

En la edición del primero de julio de 2005 del RETJ, se incorpora el Anexo 4 y se elimina el Reglamento de Aplicación que establecía los criterios para calcular el monto de la indemnización por formación.

 

En ese sentido, el artículo 4.1 del Anexo 4 del RETJ expresa:

 

“1. A fin de calcular la indemnización de los costos de formación y educación, las asociaciones clasificarán a sus clubes en un máximo de 4 categorías, de acuerdo con sus inversiones financieras en la formación de jugadores. Los costos de formación se establecen para cada categoría y corresponden a la suma requerida para formar a un jugador durante un año, multiplicada por un «factor jugador», que es la relación entre el número de jugadores que deben formarse para producir un jugador profesional”.

 

La estricta aplicación del texto reglamentario sería intrincada, porque conllevaría la suma de todos los gastos realizados efectivamente por el club en la formación de sus canteranos, para luego dividirla por la cantidad de jugadores formados y así obtener el promedio de gastos por la educación deportiva de cada jugador.

Por eso en el siguiente inciso se sostiene que:

 

“2. Los costos de formación, que se establecen por confederación para cada categoría de un club, así como la categorización de clubes de cada asociación, se publican en el sitio de internet oficial de la FIFA”.

 

Como corolario, para facilitar el cálculo del monto indemnizatorio, los valores no se calculan para cada club individualmente, sino que las asociaciones clasifican a los clubes en 4 categorías y los costos de formación se determinan a nivel de confederación.

 

La FIFA establece mediante circulares (la última es la nº 1726 de 30 de julio de 2020) la tabla que se detalla a continuación y de la que surgen las categorías en que las asociaciones deben ordenar a sus clubes, y la indemnización correspondiente a cada categoría de club en cada una de las confederaciones.

 

Confederación   Categoría I   Categoría II   Categoría III   Categoría IV

 

AFC                                          USD 40000      USD 10000     USD 2000        

 

CAF                                           USD 30000      USD 10000     USD 2000

 

CONCACAF                              USD 40000      USD 10000     USD 2000

 

CONMEBOL      USD 50000     USD 30000      USD 10000     USD 2000

 

OFC                                            USD 30000     USD 10000     USD 2000

 

UEFA                 EUR 90000      EUR 60000      EUR 30000     EUR 10000

 

La única modificación que se ha producido respecto a la categorización de clubes, fue la que introdujo la circular nº 1582, de fecha 26 de Mayo de 2017, ascendiendo a Bélgica a la categoría superior, sumándose a la privilegiada lista de países que tienen clubes de primera categoría en la UEFA, junto a Inglaterra, Francia, Alemania, Italia, Holanda y España.

 

Es dable recalcar que en la CONMEBOL, solamente Brasil y Argentina tienen clubes en primera categoría, mientras que en las Confederaciones Asiática (AFC), Africana (CAF), del Norte, Centroamérica y el Caribe (CONCACAF) y de Oceanía (OFC), no hay clubes catalogados en primera categoría.

 

Además, las distintas asociaciones nacionales deben enviar a la FIFA un informe que denota la clasificación de sus divisiones en esas 4 categorías y que pueden no coincidir (verbigracia, en España los clubes de 1ª división pertenecen a la 1ª categoría de la UEFA, empero, los clubes de la 1ª división de Portugal, corresponden a la 2ª categoría de la UEFA, ya que no tiene clubes de 1ª categoría, conforme la categorización de clubes de la FIFA).

 

Se puede deducir que la categorización superior está íntimamente vinculada al éxito deportivo, ya que Brasil, Argentina, Inglaterra, Francia, Alemania, Italia y España, son países cuyas selecciones nacionales han sido campeonas del mundo y poseen clubes dentro de la primera categoría.

 

También ostentan el privilegio de integrar la categoría superior, aunque sin haber obtenido una Copa del Mundo, Holanda, que fue tres veces subcampeona mundial y Bélgica, que obtuvo un merecido tercer puesto en la Copa Mundial de Fútbol Rusia 2018, y actualmente es la primera del ranking de la FIFA.

 

En el caso de Uruguay, tiene clubes catalogados a partir de la segunda categoría de la CONMEBOL, a pesar de haber sido Campeón del Mundo, pero sus logros se remontan a los lejanos años 1930 y 1950.

 

Para calcular la indemnización por formación se tiene en cuenta los gastos que el nuevo club hubiese efectuado en caso de haber formado al jugador, y será el responsable del pago a los clubes formadores, dentro de los 30 días de la inscripción del futbolista.

 

Empero, atenerse únicamente al factor del éxito deportivo para catalogar a los clubes, resulta insuficiente e injusto.

 

Actualmente somos testigos del creciente desarrollo de la disciplina futbolística en países que no se han caracterizado por los triunfos deportivos, pero tienen un extraordinario poderío económico que aprovechan no solo para el fútbol juvenil, montando asombrosas estructuras formativas de jóvenes futbolistas, sino también para el fútbol profesional, con fichajes estrellas y salarios millonarios.

 

Existen claros ejemplos que demuestran la inadmisible situación que acontece. China, Emiratos Árabes Unidos, Qatar y Arabia Saudí, no tienen clubes en primera ni en segunda categoría, es decir, la máxima división en esos países corresponde a la tercera categoría de la Confederación Asiática, por ende, un club de primera división abonará 10.000 dólares por año de formación, una cantidad insignificante si la comparamos con los costos de formación correspondientes a cualquiera de las ligas de los países sudamericanos o europeos antes mencionados.

 

En consecuencia, se debe modificar el criterio utilizado para la categorización de clubes, resultando imprescindible la armonización del éxito deportivo con el componente económico, para evitar una inaceptable ventaja de los poderosos clubes asiáticos y un evidente perjuicio a los clubes formadores.    

 

Dr. Iván Palazzo, abogado especializado en Derecho del Fútbol.

 

 

 


 

 

 

 

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