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Sobre la sanción por acumulación de amarillas de la temporada anterior

José Sellés José Sellés Miércoles, 09 de Septiembre de 2020
F: LaLigaF: LaLiga

NOTA: Un día después de nuestro artículo de ayer, donde exponíamos que no teniamos constancia de que se hubiese aprobado el cambio, la RFEF envió una circular a todos los equipos de Primera y Segunda división informando que la modificación ya ha sido probada por el CSD.

Tan solo 55 días después de que concluyera la temporada 2019/2020 en LaLiga Santander, este viernes a las 21:00 Granada y Athletic Club bajarán el telón del nuevo curso.

 

El mismo día y a la misma hora también lo harán Leganés y UD Las Palmas en LaLiga Smartbank. Pese a tratarse de una nueva temporada, las sanciones pendientes del curso pasado debían cumplirse, pero la RFEF acaba de enviar una circular aclarando que la modificación ya ha sido aprobada por el CSD.

 

Por lo tanto, los jugadores que siguen en LaLiga y fueron sancionados por el Comité de Competición en la última jornada y que arrastran sanciones pendientes por cumplir ya no se perderán este inicio de curso.

 

De entre los jugadores que finalmente no se perderán esta primera jornada de Liga por sanción, encontramos algunos cuya suspensión de debe a la acumulación de amonestaciones. Jugadores que fueron amonestados en la jornada 38 de la temporada pasada y dicha amarilla conllevaba el correspondiente partido de suspensión. Hablamos del bético Aitor Ruibal, los defensas del Getafe Mathias Oliveira y Damián Suárez, así como el lateral del Celta Lucas Olaza.

 

El artículo 56.5 del Código Disciplinario, antes de la reforma, establecía que "cuando una competición hubiera concluido o el club de que se trate haya resultado eliminado y quedara pendiente el cumplimiento de algún partido de suspensión, la sanción se cumplirá en la próxima temporada, según los criterios establecidos en el punto primero y segundo del presente artículo, con independencia de que el sancionado cambie de categoría, división o grupo". Una regla que algunos consideran justa y que se intentó modificar hace unos meses.

 

El verano pasado, la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) buscó introducir una excepción a este supuesto mediante la modificación del artículo 112. Dicho precepto establece que "en el Campeonato Nacional de Liga, la acumulación de cinco de aquellos correctivos en el transcurso de la misma temporada y competición determinará la suspensión por un partido".

 

[Img #124120]

 

A la vista de la circular de este 9 de septiembre, el Consejo Superior de Deportes (CSD), a través de su Comisión Directiva, ha dado por fin luz verde que se introdujera una excepción a la sanción por acumulación de amonestaciones a todos aquellos jugadores que hubieran visto la tarjeta amarilla que conllevara sanción en la última jornada del curso.

 

Un precepto nuevo en dicho artículo que rezara lo siguiente: "La regla de suspensión por un partido no será de aplicación en aquellos casos en que la amonestación con la que el jugador cumpliría el ciclo a que esta norma hace referencia, tenga lugar en el último partido que el club dispute en la competición de que se trate".

 

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