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El conflicto de los viernes y lunes podría volver a partir del 6 de octubre

Ramón Fuentes Ramón Fuentes Viernes, 28 de Agosto de 2020

Veremos qué concluye el juzgado tras esta vista de principios del mes de octubre, a no ser que antes recaiga sentencia de la Audiencia sobre el fondo del asunto, sentencia que todos los juristas consultados por este medio dan por hecho que revocará la sentencia del juzgado. 

Hay asuntos judiciales que parecen cerrados y resucitan cuando menos te lo esperas.


Recuérdese que la Audiencia Provincial de Madrid, en un auto del 1 de junio al que tuvo acceso IUSPORT, revocó el auto del juez de lo mercantil de 9 de agosto de 2019, dando vía libre a los partidos en viernes y lunes.

 

Pero cuando ese auto de la Audiencia fue firmado, el juez de lo mercantil ya había resuelto (pocos días antes) sobre el fondo del asunto.


Resulta que al demorarse la sentencia de la Audiencia sobre el fondo del asunto, que con toda probabilidad anulará la del juez, a la vista de la contundencia de su auto de junio, era preciso que el juez se pronunciara sobre el asunto en tanto llega la sentencia de la Audiencia. 

 

Pues resultó que el citado juez, mediante auto del 26 de este mes, al que ha tenido acceso IUSPORT,  ha convocado a las partes a una vista para el 6 de octubre a fin de decidir si concede o no la cautelar.


Mientras tanto, prevalece la decisión de medidas cautelares de la Audiencia Provincial del pasado 1 de junio ante la que no cabe recurso.


Ayer, tanto la RFEF como la Liga han recibido un nuevo auto del juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid, juzgado que lleva el procedimiento desde el principio.
 

El juez Sánchez Magro considera que esta medida de urgencia no es necesaria y cita a las dos partes a una vista para el 6 de octubre, tras la cual resolverá sobre el asunto.

 

Una decisión que esperaban ambas partes y que en modo alguno afecta de momento a la disputa de los partidos de los viernes y lunes cuando arranque la liga el próximo 13 de septiembre.

 

Porque hasta que no se produzca esta vista y no resuelva el citado juzgado, prevalece la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid del pasado 1 de junio y que aceptó las medidas cautelares solicitadas por la patronal, como ya contamos en IUSPORT.

 

Luego, llegados a este punto, la situación es que de momento LaLiga podrá empezar la nueva temporada con partidos en viernes y lunes, a la espera de esta vista del 6 de octubre en el juzgado de lo mercantil.
 

Veremos qué concluye el juzgado tras esta vista de principios del mes de octubre, a no ser que antes recaiga sentencia de la Audiencia sobre el fondo del asunto, sentencia que todos los juristas consultados por este medio dan por hecho que revocará la sentencia del juzgado. 

 

La sentencia del juzgado, que será anulada previsiblemente por la Audiencia, determinó que LaLiga tenía que llegar a un acuerdo de buena fe y a negociar con la RFEF en esta cuestión de viernes o lunes. LaLiga ya dejó patente en su momento que no iba a negociar al entender que la RFEF ya percibe una cantidad por este concepto en el Real Decreto de Venta Centralizada, cantidades incrementadas además a raíz de la firma del Pacto de Viana. 

 

Por otro lado, falta por saber si la RFEF mantiene la postura adoptada precisamente a raíz del pasado 27 de mayo, previa a la resolución de medidas cautelares da la Audiencia Provincial, donde determinó que permitiría los encuentros de los viernes y lunes mientras continuaran disputándose a puerta cerrada. 

 

Puntos claves del auto de la Audiencia de junio de 2020.

La Audiencia se muestra con dureza respecto a las tesis defendidas por la RFEF, en especial sobre su rol  "coordinador".

 

Dice el auto de la Audiencia que "La coordinación no supone que de la misma derive la percepción por la RFEF de ingresos económicos por la "autorización".

 

El punto donde enmienda la plana de lleno al juez es cuando dice el auto que "La coordinación no consiste en una actividad remunerada ni pretende crear ningún valor añadido del que deba participar la RFEF, y menos con un porcentaje de los ingresos que perciben los clubes profesionales por la comercialización de "sus" derechos audiovisuales.

 

La RFEF puede ejercer o no esa función de coordinación, pero no a cambio de una retribución si "autoriza". No es ese el fin de la coordinación. A salvo naturalmente de las cantidades que legalmente debe percibir en atención a determinados intereses generales conforme a lo previsto en el RDL 5/2015".

 

Los magistrados de la Audiencia no alcanzan a "comprender qué papel de coordinación se desarrolla autorizando o no la celebración de partidos de fútbol los viernes. La RFEF se limita a manifestar que no se "opone", siempre que perciba un porcentaje de ingresos de los derechos audiovisuales por tal "autorización". Esto prueba que en realidad no se está ejerciendo función alguna de coordinación. La "autorización" únicamente persigue fines económicos, y esto no es una actividad supervisora de la organización, ni la coordinación tiene por objeto percibir ingresos".

 

Añade la Audiencia que "LaLiga podrá decidir celebrar partidos los lunes, limitar su número o no celebrarlos, y esta decisión se adopta en el ámbito de sus competencias organizativas, sin que se pueda apreciar cual es la actividad de coordinación que pretende efectuar la RFEF para aceptar u oponerse a dicha decisión".

 

"Menos fundado está el considerar que la celebración de partidos los lunes supone un "insulto" para el fútbol. Tampoco sabemos qué función de coordinación se ejerce con dicha opinión, ni entendemos que celebrar un partido en lunes sea un "insulto" para el fútbol pero no lo sea celebrarlo en martes, miércoles o jueves", señala el auto.

 

Finalmente, la Audiencia advierte de que la coordinación debe efectuarse en el marco de los propios fines para los que sirve, no como "derecho de autorizar o prohibir" las decisiones adoptadas por LaLiga en el ámbito de sus competencias organizativas, y menos como "autorización" a cambio de beneficios económicos, como si se tratase de un impuesto sobre los ingresos percibidos por la comercialización de los derechos audiovisuales que corresponden a los clubes profesionales".

 

LA LETRA PEQUEÑA DEL AUTO DE LA AUDIENCIA DE JUNIO

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