
Solicitan a la RFEF "que proceda a ascender a los clubes firmantes de la presente carta, todo ello en virtud de los méritos deportivos obtenidos sobre el terreno de juego".
Como hemos adelantado en El Partidazo de Cope, ocho clubes de Tercera han dirigido una carta a la RFEF en la que solicitan ampliar la Segunda B a 110 equipos.
Consideran que no se ha seguido el procedimiento decretado por la propia Real Federación Española de Fútbol. Recuerdan la Circular Nº 100, según la cual en caso de que uno de los integrantes de la plantilla de los equipos participantes diese positivo, el partido no se disputará y se aplazará hasta el momento en que se verifique la inexistencia de test positivos entre todos los integrantes.
Alegan que "la RFEF ha venido actuando contrariamente a lo establecido en su propia normativa". "Se dispuso que la Fase Adicional se disputaría en “tantas fechas como sea necesario”, no habiéndose actuado conforme a lo previsto en dicha norma, pues ambas eliminatorias debieron disputarse los días 1 y 2 de agosto de 2020, teniendo la RFEF tiempo suficiente de organizar la disputa de ambos partidos sin que se viese obligada a adoptar la decisión de ascender directamente a los cuatro equipos", añaden en su carta.
Por tanto, añaden en la carta, "la decisión de ascender directamente a los cuatro equipos participantes en la Fase Adicional de Ascenso obedece únicamente a criterios arbitrarios".
Por todo ello, solicitan a la RFEF "que proceda a ascender a los clubes firmantes de la presente carta, todo ello en virtud de los méritos deportivos obtenidos sobre el terreno de juego".
TEXTO ÍNTEGRO DE LA CARTA DIRIGIDA A LA RFEF
"Nos ponemos en contacto con usted a los únicos efectos de que nos informe de las razones por las cuales se ha decidido ascender directamente a los cuatro equipos que iban a disputar la Fase Adicional de Ascenso al Campeonato Nacional de Liga de Segunda División B, así como para proponerle el ascenso de los equipos que más adelante se enumerarán, y todo ello en base únicamente a méritos deportivos y criterios de organización de la Segunda División B.
Como usted sabe, en las Bases de Competición por el que se regula la Fase de Ascenso de Tercera a 2ª División B, y en concreto en lo que respecta a la Fase Adicional de Ascenso, se estipula, expresamente, que ascenderán a Segunda División B, de entre aquellos primeros clasificados en la fase regular no ascendidos, los dos equipos que resulten vencedores de cada enfrentamiento, y disputándose dicha Fase Adicional se en sede única y en tantas fechas como sea necesario.
De conformidad con la Circular Nº 100, en caso de que uno de los integrantes de la plantilla de los equipos participantes diese positivo, el partido no se disputará y se aplazará hasta el momento en que se verifique la inexistencia de test positivos entre todos los integrantes. En consecuencia, no se ha seguido el procedimiento decretado por la Real Federación Española de Fútbol (en lo que sigue, RFEF).
En este sentido, vemos como la RFEF ha venido actuando contrariamente a lo establecido en su propia normativa, y en concreto respecto a lo que se expondrá a continuación.
En primer lugar, en lo referente a lo establecido en las Bases de Competición, puesto que, en estas, como se ha indicado previamente, se dispuso que la Fase Adicional se disputaría en “tantas fechas como sea necesario”, no habiéndose actuado conforme a lo previsto en dicha norma, pues ambas eliminatorias debieron disputarse los días 1 y 2 de agosto de 2020, teniendo la RFEF tiempo suficiente de organizar la disputa de ambos partidos sin que se viese obligada a adoptar la decisión de ascender directamente a los cuatro equipos. De hecho, todavía tiene tiempo de organizar la disputa de las mencionadas eliminatorias sin que ello perturbe el comienzo de la temporada 2020/2021.
A mayor abundamiento, y bajo el criterio y organización de la RFEF, el pasado día de 8 de agosto de 2020 se disputó el encuentro correspondiente a la final del playoff de ascenso a 2ª División B entre el Club Portugalete y el Sestao River Club, y que inicialmente debió disputarse el día 25 de julio de 2020, habiéndose por tanto disputado dos semanas después a la fecha fijada inicialmente. Por ello, no cabe, en ningún caso, la opción de llegar a pensar que los encuentros correspondientes a la Fase Adicional de Ascenso a 2ª División B no podrían haberse disputado durante el fin de semana del 15 y 16 de agosto, dos semanas después de la fecha en la que se suspendieron ambos encuentros, y como sí se hizo con respecto al encuentro disputado por los conjuntos del Grupo IV.
Por todo ello, si la razón por la cual no se pudieron disputar los encuentros respondía al principio de prudencia sanitaria, ningún encuentro organizado por la RFEF debiera haberse disputado, así como ninguna competición organizada por la RFEF debiera comenzar hasta que la situación esté plenamente controlada, ya que siempre va a existir el riesgo de rebrote entre los equipos participantes.
En segundo lugar, tampoco se entiende que se justifique dicha decisión por causas de fuerza mayor, toda vez que dicha situación ha sido prevista por la RFEF en su Circular N.º 100, al expresar que en caso de que uno de los integrantes de la plantilla de los equipos participantes diese positivo, el partido no se disputará y se aplazará hasta el momento en que se verifique la inexistencia de test positivos entre todos los integrantes.
Por tanto, la decisión de ascender directamente a los cuatro equipos participantes en la Fase Adicional de Ascenso obedece únicamente a criterios arbitrarios, afectando directamente a los derechos e intereses de los clubes firmantes de la presente carta, suponiendo tal decisión un agravio comparativo respecto a estos, ya que, de todos ellos, ningún equipo ha perdido ninguno de los encuentros en los que participaron durante la fase de Ascenso a Segunda División B. En cambio, tres de los clubes ascendidos a Segunda División B (CD Lealtad de Villaviciosa, Linares Deportivo y CD Marino) no han ganado ni empatado ninguno de sus partidos, mientras que el CD Alcoyano SAD ha empatado un partido y perdido otro. Dicha situación genera una inseguridad jurídica manifiesta además de un agravio que no atiende a los méritos deportivos alcanzados por los clubes.
Por todo ello, se solicita a la Secretaría General de la RFEF que proceda a ascender a los clubes firmantes de la presente carta, todo ello en virtud de los méritos deportivos obtenidos sobre el terreno de juego y, en consecuencia, se amplíe la Segunda División B a 110 equipos, ayudando asimismo dicha decisión a la confección de la mencionada categoría en 5 grupos de 22 equipos, con subgrupos de 11, posibilitándose así una distribución equitativa de los diferentes grupos y subgrupos.
Quedando a su disposición para todo aquello que considere.
Atentamente,
C.P. Cacereño S.A.D.
Real Jaén C.F. S.A.D.
C.D. Guadalajara
Club Atlético Pulpileño
Ourense C.F. S.A.D.
Terrasa F.C.
C.D. Varea A.D. Alcorcón S.A.D".
























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