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La actitud de Gareth Bale podría ser motivo de despido

Ramón Fuentes Ramón Fuentes Viernes, 07 de Agosto de 2020
Captura de vídeo / diario ASCaptura de vídeo / diario AS

Así está recogido en el convenio colectivo vigente entre LaLiga y la AFE. Mínimo podría suponer una suspensión de empleo y suelto de once a treinta días. Su gravedad es similar a la actitud de ARTHUR en el Barcelona al ausentarse de más de tres entrenamientos

Zidane no dudó en responder ayer en rueda de prensa que la ausencia de Bale en Manchester no respondía a una decisión del técnico francés sino una  decisión del jugador. Textualmente dijo que ha sido una “decisión del jugador” no acompañar a la expedición a este encuentro de octavos ante el Manchester City que tiene color a final.


Pues bien, esta actitud del galés puede ser incluso motivo de despido por parte Del Real Madrid dado que es considerada como falta muy grave. Así está recogido en convenio colectivo que actualmente rige entre la patronal y la Liga. Convenio que expiró el pasado 30 de junio pasado pero está prorrogado a falta de la firma de uno nuevo.


Dentro del apartado disciplinario, y concretamente en el apartado de la faltas muy graves, lo recoge en su punto dos:


“La tercera y sucesivas faltas de asistencia al trabajo, sin causa justificada, cometidas en el período de una temporada, bastando una sola ausencia cuando se trate de un partido oficial. Será falta grave la no asistencia que se produzca en un partido que no tenga la naturaleza de oficial”.


Es decir, queda claro que la actitud del galés está tipificado como muy grave toda vez que se ha ausentado de un partido oficial, siempre y cuando sea patente la negativa por parte del futbolista. No lo sería si hubo acuerdo con el técnico. 


Pues bien, en cuanto a las sanciones, el mismo convenio establece un abanico de opciones a partir de las cuales deben ampararse los clubes, entre ellos el Real Madrid.


Así, el punto 7 del mismo convenio fija una suspensión “de empleo y sueldo de once a treinta días, sanción que deberá graduarse conforme a las circunstancias concurrentes”. Es decir que el Real Madrid podría graduar este tiempo en función del comportamiento de Gareth Bale.


Y en el último punto de este abanico da sanciones, el convenio recoge la posibilidad de despido. Es decir, si el Real Madrid podría plantearse la expulsión del galés de la disciplina de la entidad.


En el apartado económico el convenio fija una multa de hasta el 25% del salario mensual, según grados.


Así en salarios inferiores o iguales a 100.000 euros mensuales:


Mínimo: del 7,01 % hasta el 13 % del salario mensual.
Medio: del 13,01 % al 19 % del salario mensual.
Máximo: del 19,01 % al 25 % del salario mensual.


En salarios superiores a 100.000 euros mensuales se aplica la misma tabla indicada anteriormente en los primeros 100.000 euros, adicionando a estos importes la aplicación de los siguientes grados:

Mínimo: hasta el 3,33% del exceso del salario mensual.
Medio del 3,34 % hasta el 6,66 % del exceso del salario mensual.
Máximo del 6,67 % al 10 % del exceso del salario mensual.


Este tipo de multas es el mismo que el Barcelona puede aplicar a Arthur, como ya explicamos en IUSPORT, dado que el brasileño, que acaba de regresar a la Ciudad Condal, se ha ausentado en más de tres entrenamientos con el equipo de Quique Setien. d

 

Ahora falta conocer qué sanciones de índole interno impondrán a ambos jugadores, al galés y el brasileño.

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