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El Leganés tiene 20 días para solicitar la ayuda por el descenso

José Sellés José Sellés Lunes, 20 de Julio de 2020
F: LaLigaF: LaLiga

Apagados los focos, es el turno de encender las luces de los despachos. Este domingo se puso el candado a la LaLiga Santander 2019/2020 con el descenso del Leganés, que acompañará a RCD Espanyol y RCD Mallorca a la categoría de plata del fútbol nacional.

 

El descenso de los tres equipos tiene un denominador común: podrán percibir la compensación económica que LaLiga ofrece a los clubes para aminorar el impacto económico que supone para sus ingresos descender de categoría. Sin embargo, las cantidades variarán entre los tres equipos, en función de los años que han estado en Primera División, la posición o la masa social.

 

Tal y como se contempla en el Reglamento de LaLiga, el Leganés tiene un plazo de 20 días hábiles desde la jornada en que se hubiera efectuado el abandono de la categoría para solicitar la compensación económica por descenso. Esto es, tiene 20 días desde este mismo lunes, el día siguiente al que se confirmó su descenso de categoría. La entidad de Butarque tendrá que enviar a la Comisión Delegada de LaLiga el balance de sumas y saldos cerrado, al menos, 30 días antes de la fecha de la solicitud.

 

El club pepinero también tendrá que enviar al órgano de LaLiga un documento con la relación de todos los acreedores, una copia de la información contable, el certificado de eventuales deudas líquidas, vencidas y exigibles tanto con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, las Hacienda de la Comunidad de Madrid así como con la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).

 

De otra parte, el club que preside Victoria Pavón deberá enviar a LaLiga una relación con las posibles reclamaciones judiciales, administrativas o institucionales en curso bien con acreedores o terceros. Un último documento que el conjunto madrileño deberá hacer llegar a la patronal para solicitar la ayuda económica es el certificado con indicación de las temporadas en las que ha estado en LaLiga Santander y LaLiga Smartbank durante los últimos diez años. En el caso del conjunto pepinero, de los últimos diez años ha estado cuatro en Primera y dos en Segunda.

 

Una vez la Comisión Delegada reciba la solicitud podrá recabar los informes y auditorías que considere convenientes para cotejar la información. El órgano tendrá 30 días desde que finalice el plazo para presentar la solicitud para notificar una resolución afirmativa o denegación del derecho de compensación al club madrileño.

 

En el caso de que LaLiga dé el visto bueno a la solicitud presentada por el Leganés, las partes suscribirán el contrato oportuno en el plazo de 30 días, dónde se recogerá, de forma vinculante los términos establecidos en la resolución de la Comisión Delegada y se formalizarán las garantías que se consideren.

 

En el Reglamento de LaLiga se contempla que en el caso de que los clubes se encuentren al corriente de sus obligaciones económicas, el pago del importe de la compensación se hará en efectivo. Sin embargo, si algún club tuviera deudas líquidas o vencidas, la normativa contempla que "LaLiga detraerá las cantidades que le adeude el Club/SAD en cuestión y abonará directamente las deudas líquidas, vencidas y exigibles que hubiera contraído, de conformidad con el orden de prelación en el cobro derivado de la legislación vigente y, en su caso, de lo previsto estatutariamente". 

 

Para ser exactos, el orden de cobro en caso de deudas, tendrían prioridad las Administraciones Públicas, seguidas de LaLiga, la RFEF, los otros clubes o SAD y deudas con los jugadores siempre que hayan sido denunciadas y reconocidas por la Comisión Mixta.

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