Sábado, 10 de Enero de 2026

Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

Arandina, Gimnástica y Numancia B se ven excluidos del playoff

Domingo, 21 de Junio de 2020

Castilla y León permite exclusivamente la práctica deportiva con contacto a los deportistas profesionales.

Esta mañana hemos informado de que Castilla y León ha acordado restringir la práctica deportiva con contacto exclusivamente a los deportistas profesionales, lo que afecta a los jugadores no profesionales de los equipos clasificados para los playoff.

 

Pues bien, según hemos podido saber en IUSPORT, esta medida afecta especialmente a tres de los cuatro equipos clasificados para disputar la fase de ascenso del grupo VIII de Tercera División a Segunda B: la Arandina CF, la Gimnástica Segoviana y el Numancia B.


Estos clubes cuentan con una plantilla formada en su mayoría por jugadores no profesionales, y por tanto no pueden entrenar ni disputar los playoff.

 

Fuentes de los clubes han confirmado a IUSPORT que se ven seriamente perjudicados. No así el Zamora, que al parecer no se vería afectado por las restricciones al tener a toda su plantilla con licencia P. 

 

Las restricciones acordadas por la comunidad autónoma 

La Junta de Castilla y León, a través de un acuerdo adoptado este fin de semana aprobó que "la práctica de la actividad deportiva federada de competencia autonómica y de ámbito nacional no profesional podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico, y hasta un máximo de 25 personas en los entrenamientos”.

 

Estableció una excepción: sólo podrán desarrollar la práctica físico-deportiva con contacto físico los deportistas que tengan la condición de profesionales, así como los deportistas que ostenten la condición de alto nivel y alto rendimiento.

 

Como saben los lectores de IUSPORT, son considerados deportistas profesionales los jugadores con contrato acogidos al Real Decreto 1006/1985, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, no solo los que militan en Primera y Segunda División. 

 

Esto es, en Castilla y León sólo pueden entrenar y disputar partidos aquellos jugadores que tengan un contrato laboral como jugador profesional y cobren por ello a cambio una retribución más allá de una compensación de gastos, como sucede en los jugadores aficionados o amateurs.

 

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