Sábado, 10 de Enero de 2026

Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

Sanidad invoca ahora el protocolo del CSD para impedir la apertura de los estadios

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Viernes, 05 de Junio de 2020

"El acuerdo es que los partidos se celebren de momento a puerta cerrada en las condiciones que ha acordado el Consejo Superior de Deportes, respetando los protocolos del propio CSD y que supervisó el Ministerio de Sanidad, ...", dijo el Ministro

Este viernes, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, dio a conocer el cambio de fase de las diferentes provincias y comunidades que lo habían solicitado, y durante esa rueda de prensa fue preguntado por la posible apertura de los estadios de fútbol.

 

Pues bien, el Ministro respondió negativamente pero ya no cita ningun real decreto ni orden ministerial sobre este asunto, sabedor de que el lunes ya no tendrían vigencia en los territorios de Fase 3, sino que se remitió al protocolo aprobado por el CSD.

 

"El acuerdo es que los partidos se celebren de momento a puerta cerrada en las condiciones que ha acordado el Consejo Superior de Deportes, respetando los protocolos del propio CSD y que supervisó el Ministerio de Sanidad, acordes a lo que entendemos que tienen que ser las medidas de protección para los participantes de todas las competiciones deportivas”, ha dicho Illa.

 

Resulta llamativa esta invocación pues hace escasos días el CSD apelaba a su vez a Sanidad para oponerse a la apertura de los estadios.

 

Gran parte de España pasará a la fase 3 de la desescalada este próximo lunes 8: Galicia, La Rioja, el País Vasco, Asturias, Cantabria, Extremadura, Murcia, Navarra, Baleares, Andalucía, Canarias, Cuenca, Guadalajara, Melilla y en Cataluña, el Alt Pirineu i Aran, Terres de l'Ebre y Camp de Tarragona.

 

Pues bien, de conformidad con el acuerdo de prórroga del estado de alarma, en dichos territorios los respectivos presidentes autonómicos serán a partir del lunes las "autoridades delegadas" a las que se refiere el Real decreto del estado de alarma.

 

Por si hubiera alguna duda, en la misma rueda de prensa la ministra portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha señalado que "aquellos territorios que estén en fase 3, concretamente Canarias, tienen las competencias para poder determinar dentro de las normas globales dictadas por Sanidad la conveniencia o no de que haya determinados eventos y que haya movilidad interprovincial".

"Está en ese marco de delegación de competencia de capacidad de decisión del presidente de cada comunidad velando y valorando los indicadores sanitarios que tienen a su disposición. No tenemos duda de que cuando el presidente de una comunidad autónoma determine que hay condiciones para reunir un evento o estar en determinados ambientes es porque así lo han aconsejado o determinado las autoridades sanitarias", ha añadido. 

 

Qué dice al respecto el protocolo del CSD

Pues bien, consultado el protocolo del CSD, resulta que no recoge ninguna regla taxativa al respecto. Es más, en el caso de que la incluyese, una vez que las CCAA asumen plenas competencias en la fase 3, estarán facultadas para modificar las normas preexistentes, según recoge el Real decreto de prórroga del estado de alarma.

 

Esto es lo que dice el protocolo aprobado por el CSD en su página 11:
[Img #118884]

Lo esencial del acuerdo de prórroga

Este viernes, el Gobierno ha aprobado un real decreto, que saldrá este sábado en el BOE y que deberá ser fiel reflejo del acuerdo de prórroga llevado al Congreso el pasado miércoles.

 

Esta es la parte relevante del acuerdo sometido este miércoles a la aprobación del Congreso:

 

"Séptimo.

...

La autoridad competente delegada para la adopción, supresión, modulación y ejecución de medidas correspondientes a la fase III del plan de desescalada será, en ejercicio de sus competencias, exclusivamente quien ostente la Presidencia de la comunidad autónoma, salvo para las medidas vinculadas a la libertad de circulación que excedan el ámbito de la unidad territorial determinada para cada comunidad autónoma a los efectos del proceso de desescalada.


Serán las comunidades autónomas las que puedan decidir, a los efectos del apartado sexto de este acuerdo, y con arreglo a criterios sanitarios y epidemiológicos, la superación de la fase III en las diferentes provincias, islas o unidades territoriales de su comunidad y, por tanto, su entrada en la «nueva normalidad».

 
Corresponderá durante ese periodo a las administraciones públicas competentes el ejercicio de las funciones contempladas en el artículo 5 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

...


Noveno.


Se mantendrá la vigencia de las órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones dictadas por las autoridades competentes delegadas previstas en el artículo 4.2 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en cuanto no se opongan a lo dispuesto en otras posteriores, ni a lo establecido en el real decreto por el que se prorrogue el estado de alarma, o, en su caso, a lo que dispongan las autoridades competentes delegadas a las que se refiere el apartado séptimo de este acuerdo en ejercicio de sus competencias.”.

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.