
Tras publicarse la Orden de Sanidad, LaLiga ha emitido este mismo sábado una circular sobre los entrenamietos colectivos que publicamos en IUSPORT a texto completo.
Este sábado ha sido publicada la nueva Orden de Sanidad para la Fase 3 (Orden SND/458/2020, de 30 de mayo).
En ella se autoriza a los clubes de ligas profesionales realizar entrenamientos totales o pre-competición, y la reanudación de las competiciones de ligas profesionales, independientemente de en qué fase se encuentren.
Además, elimina el límite de 14 personas una vez pasada la primera semana de entrenamientos: "Una vez finalizada la primera semana de entrenamiento de carácter total, para el desarrollo de los trabajos tácticos exhaustivos incluidos en el mismo podrá ampliarse el número de personas participantes de acuerdo con las necesidades de ejecución requeridas en cada caso".
Hasta ahora, sólo podían hacerlo aquellos clubes que se encontraran en territorios en Fase 2. Ahora, podrán hacerlo también aquellos que todavía se encuentren en Fase 1, con lo que todos los clubes se encuentran ya en igualdad de condiciones para entrenar.
Circular de LaLiga
Por otro lado, nada más publicarse la Orden en el BOE, LaLiga emitió este mismo sábado una circular sobre los entrenamientos totales y la vuelta de la competición, cuyo texto íntegro puede verse en IUSPORT.
En lo que respecta a la vuelta de la competición, la circular dice lo siguiente:
1. Se podrá proceder a la reanudación de la competición profesional siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita.
2. La competición se reanudará sin público y a puerta cerrada. Se permitirá la entrada de medios de comunicación para la retransmisión de la competición.
3. El número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar, por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma, se determinará por parte del Consejo Superior de deportes con anterioridad al inicio de la citada competición, siguiendo las recomendaciones sanitarias de higiene y prevención.
4. En las instalaciones en que tenga lugar la competición se seguirán, en todo caso, las medidas de prevención y protección establecidas por las autoridades sanitarias y el Consejo Superior de Deportes.




























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