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Por el rechazo de una cautelar, Tévez deberá pagar el impuesto a la riqueza

Redacción Iusport Latinoamérica Redacción Iusport Latinoamérica Domingo, 26 de Diciembre de 2021

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 5 de Argentina rechazó la medida cautelar planteada por los abogados del exfutbolista, quien sostuvo que el impuesto es "confiscatorio" según informa El Cronista.

Después de varios meses de iniciado el proceso, y antes del receso por la feria judicial de verano, la Justicia argentina rechazó el planteo de Carlos Tévez para evitar el pago del llamado Aporte Solidario, también conocido como Impuesto a la Riqueza.

 

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 5 rechazó un pedido del exfutbolista Carlos Tévez, destinado a ser eximido de pagar el impuesto a las grandes fortunas, que el Congreso argentino estableció este año por ley para hacer frente a erogaciones extra generadas por la pandemia de Covid-19.


Este planteo efectuado por el exfutbolista de Boca Juniors y del seleccionado argentino, fue similar al presentado por otros exjugadores como Gabriel Omar Batistuta, Cristian Bassedas y Diego Placente. 

 

Los abogados de Tévez argumentaron que el nuevo tributo implica una "incidencia del 200% de sus rentas percibidas durante 2020, o sea, el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos". 


El Tribunal consideró que la cuestión "excede ostensiblemente el instituto cautelar, en tanto las cuestiones planteadas requieren un estudio más profundo del que aquél autoriza y demandan una mayor amplitud de debate y prueba".


"Ello es así en función de que el planteo efectuado por la actora (Tévez) y rechazado por la demandada (la AFIP) , involucra cuestiones que presentan, en sí, significativa complejidad, requieren de debate, prueba y mayor análisis y, por lo tanto, exceden el acotado marco de conocimiento preliminar de esta medida cautelar solicitada", se expresa en la resolución dictada. 


También se afirma que "cuando el objeto de la cautelar solicitada coincide con el del juicio, ello impide el dictado de la tutela anticipada, pues no procede una medida cautelar si de la consideración de las circunstancias que señala la actora, se exigiría avanzar sobre los presupuestos sustanciales de su pretensión que, precisamente, constituyen el objeto del litigio; es decir, habría que adelantar un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión".

 

El Gobierno argentino impulsó este año el cobro de un Aporte Solidario y Extraordinario a las grandes fortunas, superiores a los $ 200 millones, para fortalecer programas como Progresar, ATP, REPRO y otras asistencias económicas en el marco de la pandemia. 


El Ministerio de Economía informó que se llevan recaudados  $247.503 millones en concepto de Aporte Solidario, de los cuales ya se ejecutaron $ 180.205 millones, que representan un 73% del total.

 

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