F: FC BarcelonaLa norma federativa fija hoy miércoles como límite para liquidar las cantidades pendientes con el técnico cántabro cesado en el mes de agosto del año pasado. En el momento que el conflicto va a la justicia ordinaria ya queda a expensas de su resolución. Esto permite poder tramitar la licencia de los nuevos jugadores y del entrenador azulgrana para la temporada 2021-2022
Ya contamos el pasado 4 de junio que, una vez que Joan Laporta confirmó la continuidad de Ronald Koeman, ya solo tenía que resolver las cantidades y el litigio que mantiene pendiente de la anterior directiva con el técnico cántabro Quique Setien.
Una resolución que además inicialmente tiene fecha límite para el Fútbol Club Barcelona. Se trata hoy miércoles 30 de junio. Este último día de mes debe constar en la sede de la RFEF que están abonadas las cantidades pactadas y acordadas entre ambas partes en caso de resolución anticipada del contrato.
Es decir inicialmente el Barcelona debería haber logrado este acuerdo com el técnico cántabro que, en condiciones normales, resulta clave para la concesión de licencia de los nuevos fichajes de cara a la próxima temporada 2021-2022.
Así lo establece el actual artículo 163 pero futuro número 177 del Reglamento de la RFEF sobre el cumplimiento de los contratos: "Tratándose de clubs de Primera y Segunda División masculina, la resolución del vínculo contractual con un/a entrenador/a, sea cual fuere la causa, no impedirá la inscripción y expedición de licencia federativa al sustituto/a que desee contratar, según consta en el Convenio de Coordinación entre la LNFP y la RFEF."
Especialmente es el segundo apartado donde habla de esta circunstancia: "Sin perjuicio de ello, no se tramitarán ni renovarán licencias de entrenadores/as ni se librarán tampoco de futbolistas, a aquellos clubs que no hayan satisfecho o garantizado, al 30 de junio del año de que se trate, la totalidad de las cantidades que adeudasen al/a la entrenador/a o entrenadores/as anteriores; tal impago determinará, además, y con independencia de otras posibles consecuencias reglamentariamente previstas, la suspensión de derechos administrativos y federativos". A Quique Setién se le despidió el 17 de agosto del año pasado, tras la eliminación en la Champions; justo un mes después de la conclusión de la Liga que finalizó el 17 de julio. Esto explica que el club azulgrana tenga incialmente hasta esta fecha del 30 de junio.
El Comité Jurisdiccional queda al margen si se resuelve en los tribunales laborales
Pero es precisamente el siguiente artículo donde radica la clave de todo y que explica porque no hay fecha límite de este 30 de junio para resolver este litigio entre el club azulgrana y el entrenador santanderino. Una vez que se presenta una demanda por vía laboral, el conflicto queda a expensas de la misma. Textualmente el párrafo dice lo siguiente: "Tanto los clubs adscritos a la LNFP como los/las entrenadores/as que hubieran contrato con ellos, son libres de acudir, en caso de litigio, bien a la jurisdicción laboral, bien al Comité Jurisdiccional de la RFEF para la reclamación de las cantidades adeudadas".
Para continuar explicando que "En el supuesto de que optaran por la primera vía, el Comité Jurisdiccional se inhibirá automáticamente del conocimiento de la cuestión. Si entendiera del litigio el referido Comité federativo, éste deberá dictar resolución en el plazo de un mes, ponderando y valorando, en cada caso, las circunstancias concurrentes en el mismo".
Como ahora mismo este asunto está en mano de la jurisdiccional laboral, este límite desaparece y tendrán que ser los tribunales ordinarios los que determinen las cantidades que deberá abonar, si es que tuviera que hacerlo, a Quique Setien. Esto supone que el Fútbol Club Barcelona podrá tramitar la licencia de Ronald Koeman como del resto de jugadores para la próxima temporada 2021-2022.




























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