
Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-ley con medidas de apoyo al sector cultural para hacer frente a la situación derivada de la COVID-19 que incluye también, entre otras, varias medidas referentes al deporte
Gran decepción la que se han llevado por partida doble las federaciones. El lunes se llevaron la primera, tras una resolución del CSD a todas luces insuficiente para darles cobertura a la hora de acordar el cierre anticipado o la modificación del formato en la recta final de las ligas.
Y este martes, al observar cómo el Gobierno aprobaba un nuevo Real Decreto-Ley (BOE) con diversas medidas para el deporte, todas ellas bien recibidas por cierto, pero en el que les da la espalda en una cuestión trascendental: una cobertura con rango de ley. Pasen y vean.
Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-ley con medidas de apoyo al sector cultural para hacer frente a la situación derivada de la COVID-19 que incluye también, entre otras, las siguientes medidas referentes al deporte:
- Acuerda la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021 de los beneficios fiscales aplicables al "Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de Tokio 2020".
- Modifica la disposición final tercera del Real Decreto-ley 3/2017, que reformó a su vez la ley orgánica 3/2013 de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, y se adapta a las modificaciones introducidas por el Código Mundial Antidopaje de 2015.
- Acuerda que el "programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de Tokio 2020” tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. La duración inicial del mismo abarcaba del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2020 y ahora se prorroga un año más.
- En su disposición adicional segunda, el real decreto-ley confirma que el programa "Alicante 2021. Salida Vuelta al Mundo a Vela" también tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de la legislación actual, con una duración que abarcará desde 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Lo que pudo hacer el Gobierno y no hizo
Visto lo anterior, ¿alguien creerá el argumento de que el Gobierno estaba en cosas más importantes y por eso no abordó el cierre de la temporada deportiva?
No. El Gobierno se ha quedado sin la única excusa que podía salvarle. No podrá excusarse en que estaba en otras cosas, pues, como se ha visto, dedica gran parte del Real Decreto-Ley a cuestiones de índole deportiva.
No encontramos por tanto ninguna explicación a esta manera de actuar de Ejecutivo. Es más, si de urgencias se trata, ninguna de las medidas adoptadas tiene una prioridad mayor que un cierre con garantías de la temporada deportiva actual. Y no se olvide que la "urgente necesidad" es la clave a la hora de promulgar un Real Decreto-Ley.
¿Qué ha conseguido el Gobierno al pasar de las federaciones?
Generar inseguridad jurídica en el deporte de competición en el momento que más necesitaba de su ayuda.
Bastaba una disposición de cuatro líneas como esta:
"Ante la grave crisis generada por el COVID-19, durante la actual temporada deportiva 2019-2020, de forma excepcional, los órganos competentes de las federaciones deportivas podrán anticipar su terminación o modificar el sistema de competición, adoptando los acuerdos que estimen procedentes a tal fin, con independencia de lo que establezcan los estatutos, reglamentos y bases de competición".
Ojo, no sería la primera norma con ese rango que el Gobierno aprobaría durante la crisis para el deporte. Lo hizo al comienzo de la crisis.
Recordemos que el art 40 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, estableció, entre otras cosas que "Aunque los estatutos no lo hubieran previsto, durante el periodo de alarma, las sesiones de los órganos de gobierno y de administración de las asociaciones, de las sociedades civiles y mercantiles, del consejo rector de las sociedades cooperativas y del patronato de las fundaciones podrán celebrarse por videoconferencia …"
¿Ofrece esa garantía a las federaciones la "cobertura" ofrecida por el CSD?
Ayer lo explicamos en IUSPORT. La resolución del CSD, pensada para dar cobertura a las federaciones para que estas decidan lo que consideren más adecuado en cuanto al cierre de esta temporada, no disfruta del rango legal suficiente. Ni siquiera una Orden ministerial o un Real Decreto ostentan ese rango.
Pero el CSD, lejos de proponer al Gobierno un Real Decreto-Ley, se limitó a formular recomendaciones a las federaciones.
En definitiva, lo que ha hecho el CSD es una especie de Guía o manual de actuación urgente para las federaciones, para que por parte de sus comisiones delegadas se tomen los acuerdos que correspondan, pero, ojo, que correspondan de acuerdo a los reglamentos vigentes.
Como dijimos ayer, las federaciones están preocupadas pues entienden que el CSD se ha quitado el problema de encima y se los ha devuelto, incumpliendo así la promesa hecha por su presidenta de darles cobertura jurídica en un momento tan difícil. Pero ya verán el efecto boomerang.
Ya lo decíamos: a partir de ahora las federaciones están abocadas a un "sálvese quien pueda". Teniendo en cuenta que los acuerdos que se tomen por las comisiones delegadas que alteren el calendario y el formato de competición requerirían de una modificación previa de los reglamentos y bases de competición respectivos; y los primeros tendrían que pasar por la comisión directiva del CSD antes de poderse aplicar, no vemos tiempo material suficiente para hacerlo conforme a la Ley.
Un verdadero caos el que se avecina. Un caos que se hubiese podido evitar con esas cuatro líneas que el Gobierno no consideró oportuno incluir en el Real Decreto-Ley aprobado este martes.
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NOTA
El miércoles 6 de mayo ha sido publicado en el BOE el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019, confirmandose todo cuanto hemos expuesto.





















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