
El juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Pontevedra ha condenado a la Xunta de Galicia a indemnizar con 3.097 euros a un piragüista que fue embestido violentamente por la proa de una embarcación de remo que circulaba a gran velocidad por el río Lérez.
La sentencia condena a la Administración gallega porque el barco de remo doble scull que arrolló al piragüista era del Centro Gallego de Tecnificación Deportiva de Pontevedra.
La víctima sufrió una lesión en la región lumbar por la que estuvo 78 días de baja y que le impidió acudir al Campeonato de España de piragüismo.
El juez destaca en su fallo que el accidente, que se produjo en junio de 2017 entre dos de los puentes sobre el Lérez, fue durante una sesión de ejercicio organizada por el centro deportivo dependiente de la Xunta, con una embarcación de su titularidad y bajo su responsabilidad.
Este tipo de entrenamientos de máximo nivel que se realizan en espacios públicos, apunta la sentencia, deben disponer de un "protocolo mínimo de seguridad" para evitar daños a terceros y "con más motivo" cuando se trata de deportes como el remo.
En estos barcos navegan dos deportistas, los cuales se encuentran "de espaldas a la proa, sin visibilidad hacia la trayectoria delantera, desplazándose a gran velocidad y sin timonel que pueda advertir o evitar los obstáculos con los que se topen de frente", reza la sentencia.
El magistrado recalca que "no consta" que el centro de tecnificación, que se dedica a la formación de deportistas profesionales de alto nivel, hubiese implantado "ningún protocolo o medida precautoria", por lo que ve "clara" la responsabilidad de la Xunta.
Añade que es un "auténtico despropósito" realizar entrenamientos a gran velocidad de embarcaciones de remo de este tipo, en espacios públicos transitados por otros barcos, "sin las mínimas medidas de seguridad", como podrían ser el apoyo de una zódiac o un entrenador en tierra a distancia "adecuada" para dar instrucciones y advertir de los obstáculos.
Además, la prueba practicada no ha demostrado que el piragüista estuviese realizando una maniobra "imprudente o inadecuada" y que los remeros tenían "espacio suficiente" para poder esquivar su piragua.













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