Domingo, 11 de Enero de 2026

Actualizada Domingo, 11 de Enero de 2026 a las 13:23:47 horas

Sobre la propuesta de creación de la nueva Segunda B Pro

Análisis sobre la propuesta de creación de la competición Segunda División B Pro

[Img #116544][Img #116545]Con fecha 17 de abril de 2020, se remitió formalmente a la Real Federación Española de Fútbol una propuesta para la creación de una nueva competición, paso intermedio entre las actuales Segunda División y Segunda División “B”, la Segunda B “PRO”.

 

Dicha competición, estaría formada por 20 equipos, los cuales competirían en dos grupos determinados por proximidad geográfica.

 

El objeto del presente documento es analizar las ventajas e inconvenientes que una potencial aceptación de dicho modelo conllevaría.

 

PRINCIPALES MEDIDAS DERIVADAS DE LA CREACIÓN DE LA COMPETICIÓN.

 

MEDIDAS DE CARÁCTER COMPETICIONAL

 

-       Formación de dos grupos de 20 equipos cada una para la Segunda División “B PRO”, los cuales serán aquellos que desciendan de 2ª División, aquellos clubes que hayan disputado los “Play-Offs” de ascenso y no lo hayan conseguido y los equipos que acaben finalmente entre los puestos 5 y 10 de cada grupo de la actual Segunda División B.

 

-       Continuidad de la estructura de la actual Segunda División “B”, con cuatro grupos de 20 equipos, esto es, un total de 80, los cuales serían aquellos clasificados entre los puestos 11 y 20 de cada grupo en la Temporada 2019/2020 y cuarenta equipos más procedentes de Tercera División.

 

-       Sistema de ascenso a Segunda División en el cual los campeones de cada grupo ascienden directamente y los clasificados como 2º y 3º de cada grupo, se enfrentarán entre ellos –esto es, segundo del grupo I contra tercero del grupo II y viceversa-, estando en juego las dos plazas de ascenso restantes.

 

-       Sistema de descensos en que los cuatro últimos de cada grupo descienden de forma directa.

 

MEDIDAS DE CARÁCTER ECONÓMICO

 

-       Renuncia a subvenciones del Plan Impulso 23 en favor de los clubes que permaneciesen en Segunda División “B” y aquellos que compitiesen en Tercera División.

 

-       Venta centralizada de los derechos audiovisuales de la competición, llevándose a cabo dicha venta a través de la Real Federación Española de Fútbol.

 

-       Venta “naming rights” de la competición, esto es, enajenación temporal de los derechos para dar nombre a la competición, tal como ya se hace en la Primera División (Liga Santander) y Segunda División (Liga Smart Bank).

 

-       Consecución de patrocinadores de la competición, lo cual se deja en manos de la Real Federación Española de Fútbol.

 

-       Implantación de un mecanismo de control económico, obligatorio para los clubes participantes desde el comienzo de la temporada 2020/2021, quedando el planteamiento de la Real Federación Española de Fútbol de implantar de forma paulatina durante tres temporadas un modelo para la Segunda División B reservada para aquellos clubes que permanezcan en la misma. Los criterios de dicho control económico deberían ser establecidos por la RFEF.

 

MEDIDAS LABORALES Y DE PLANTILLA

 

-       Un máximo de 23 licencias del primer equipo –excepto en casos de los equipos dependientes que participen- para los clubes de Segunda “B PRO” y de 22 para la Segunda “B”.

 

-       Dentro de dicho número, no podrá haber más de 19 jugadores mayores de 23 años en Segunda “B PRO” y de 16 en Segunda División B.

 

-       Todos los jugadores de los clubes de Segunda “B PRO” deberán tener contrato de trabajo y cotización a la Seguridad Social a jornada completa y, consecuentemente, licencia profesional, en comparación a los 10 jugadores profesionales que se requerirían a los equipos de Segunda “B”.

 

-       El cuerpo técnico al completo también deberá tener licencia profesional.

 

-       Los clubes participantes en Segunda “B PRO” deberán contar un Director de Partido que reporte a la Real Federación Española de Fútbol.

 

ANÁLISIS DE LAS MEDIDAS PROPUESTAS

 

Respecto a las medidas propuestas en el ámbito competicional, observamos que se opta por crear una categoría muy competitiva que reúna los clubes más fuertes de la actual Segunda División “B”, lo cual indudablemente aumentaría el interés comercial y deportivo de la misma.

 

Sin embargo, no se puede obviar que las mismas presentan dos puntos flacos de bastante envergadura:

 

En primer lugar, la creación de la nueva competición supondría el descenso de facto de aquellos equipos clasificados entre los puestos 11 y 20 de cada grupo, de los cuales seis por grupo se habrían ganado la permanencia en el campo y, a pesar de sus resultados deportivos, se verían abocados a pasar de jugar en la tercera competición a nivel nacional a la cuarta –esto es, un descenso encubierto al nivel de la actual Tercera División-.

 

En segundo lugar, sería necesario el ascenso de cuarenta equipos desde la actual Tercera División, por lo cual habría que idear un sistema de ascensos –aunque en realidad sería de “permanencia”- para determinar que clubes serán los participantes en Segunda División B, toda vez que con el modelo actual únicamente ascenderían 20 equipos, quedando vacantes aún otras veinte plazas, lo cual conllevaría un efecto cascada que afectaría a todas las categorías sénior del país, territoriales incluidas.

 

En lo que se refiere a las medidas económicas, estás podrían suponer el gran atractivo de esta nueva competición, ya que la posibilidad de que el fútbol español pudiese tener una tercera categoría autofinanciada a través de la venta de sus derechos audiovisuales y otros recursos propios sería un paso de gigante hacía la profesionalización de un gran número de jugadores, ya que una competición con capacidad económica propia posibilitaría el desarrollo de la misma aumentando cada año su atractivo deportivo y comercial.

 

Sin embargo, una vez dicho lo anterior, lo cierto es que con la información actual esto no deja de constituir un interrogante, ya que en la propuesta actual no se habla de cifras, siquiera estimadas, y se deja prácticamente toda la responsabilidad de la financiación de la competición en la RFEF, la cual sería la encargada de la venta centralizada de los derechos audiovisuales y de encontrar patrocinadores que financien la misma.

 

Dichas incertidumbres son especialmente importantes en relación con la venta de derechos audiovisuales, toda vez que parece destinado a ser el mayor factor financiador de la competición.

 

Además, teniendo en cuenta las cifras por las cuales se comercializó el fútbol profesional en la Temporada 2018/2019 en las cuales la Primera División recibieron 1.420 millones de euros y los de Segunda División, sin contar las partidas de compensación al descenso, 158 millones, esto es, algo más del 10% que la categoría superior, parece complicado conseguir un acuerdo económico lo suficientemente importante para que todos los clubes, en especial los más modestos, puedan hacer frente a todas las obligaciones que se les imponen y, a la vez, ser competitivos.

 

Adicionalmente a lo anterior, parece complicado que en la situación social en la que nos encontramos actualmente, todos los equipos participantes puedan cumplir con un sistema de control económico cuyos requisitos y procedimientos aún no están establecidos y que, al igual que la financiación de la competición, está en manos de la Real Federación Española de Fútbol, la cual estimó que los equipos de Segunda División “B” necesitarían un mínimo de tres temporadas desde la 2019/2020 para poder cumplir los parámetros establecidos.

 

Respecto a las medidas laborales y de plantilla, la propuesta no hace más que reflejar una serie de puntos que deberían cumplirse de manera general ya en la actualidad, ya que un alto porcentaje de los jugadores que forman parte de las plantillas de Segunda “B” son profesionales de facto, más allá del tipo de licencia que posean ya que su dedicación a su actividad deportiva es total. Así, parece que medidas como que todos los jugadores de las plantillas sean profesionales y deban cotizar a jornada completa, deberían ser un hecho.

 

Sin embargo, la exigencia de que estos requisitos se cumplan para la totalidad de los jugadores que integren esas plantillas estamos dejando de lado la verdadera realidad de la Segunda División “B”, esto es, muchos clubes no tienen la capacidad económica para contar con una plantilla completa de profesionales y optan por completar las mismas con varios futbolistas aficionados, los cuales desempeñan un papel importante en las mismas a cambio de, como máximo, el desembolso de los gastos derivados de la práctica deportiva, pudiéndose utilizar el mismo argumentario para la obligación de que todos los miembros del cuerpo técnico tengan un contrato profesional.

 

Está claro que este problema quedaría solucionado si se consiguen los ingresos suficientes por las vías propuestas, pero como ya hemos señalado, esto conforma a día de hoy un gran interrogante.

 

Por otro lado, aumentar el número de jugadores no sub 23 que puedan tener ficha con los clubes que participen en Segunda “B PRO” –de 16 de la actual Segunda “B” a 19- podría tener un efecto adverso en el desarrollo de jóvenes talentos, ya que los clubes tendrían la posibilidad de confeccionar casi toda su plantilla con jugadores veteranos no estando obligados a dar roles importantes a jugadores jóvenes y minimizando así sus oportunidades de desarrollarse en categorías altamente competitivas.

 

MARCO JURÍDICO PARA SU CONSTITUCIÓN

 

Para que todo lo anteriormente expuesto sea posible, deberán seguirse los trámites legalmente previstos para su concreción.

 

En primer lugar, y dado que la intención es que la competición quede incardinada dentro del ámbito federativo, debemos precisar que se trataría de una competición oficial, que según el artículo 46.2 de la Ley del Deporte, son todas aquellas “que así se califiquen por la correspondiente Federación deportiva española”.

 

Así, observamos que la competencia para la calificar la competición como oficial y organizar la misma recae sobre la RFEF por delegación del Consejo Superior de Deportes, tal como establece su el artículo 5.1,a) de sus Estatutos, el cual establece que:

 

1.- Además de las previstas en el artículo anterior como actividades propias de la RFEF, ésta ejerce, bajo la coordinación y tutela del Consejo Superior de Deportes, las siguientes funciones públicas de carácter administrativo:

a) Calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones oficiales de ámbito estatal.

 A estos efectos, la organización de tales competiciones se entiende referida a la regulación del marco general de las mismas, según se establezca en la normativa federativa correspondiente.

Una vez incardinada la competencia para calificar y organizar la competición entre las propias de la RFEF, observamos que dicha acción corresponderá a la Asamblea General, la cual se rige en los artículos 28 y siguientes de sus Estatutos.

Dicha competencia, viene expresamente atribuida por el artículo 29.2,c) según el siguiente tenor literal:

c) Regular y modificar las competiciones oficiales, y sus clases, en las diversas categorías -sin perjuicio de las competencias propias de la Liga Nacional de Fútbol Profesional-, así como el sistema y forma de aquéllas

 

La decisión debería tomarse en Asamblea General Extraordinaria, la cual deberá convocarse respetando las garantías estipuladas en el artículo 30.

 

Además de todo lo anterior, también habría que llevar a cabo una reforma del Reglamento General de la RFEF, en concreto del artículo 190 de los mismos, en el cual habría que incluir a la nueva categoría Segunda División “B PRO” entre las competiciones oficiales de ámbito estatal, correspondiendo la competencia para dicha modificación a la Comisión Delegada de la Asamblea General, tal como dispone el artículo 32.1,c) de los Estatutos. El procedimiento a seguir para dicha modificación reglamentaria será el recogido en el artículo 48 de los Estatutos.

 

Así, como podemos observar, la tramitación federativa necesaria para dar vida a la nueva categoría sería compleja, complicando aún más el nacimiento de la misma a corto plazo.

 

CONCLUSIONES: VENTAJAS E INCONVENIENTES DE ESTE TIPO DE SISTEMA

 

En definitiva, podríamos decir que estamos ante un modelo de competición atractivo, y que parece lograría atraer un interés mucho mayor que el que consigue la actual Segunda “B”. No hay que olvidar que a pesar de tratarse de la tercera competición del fútbol masculino español en ella se encuentran actualmente equipos históricos que tienen una masa social importante y que serían capaces de atraer la atención a la categoría, más aún si la misma finalmente se potencia. Además, su implantación ayudaría a los clubes más modestos que consiguiesen participar en ella a alcanzar estructuras más profesionalizadas y la competición se constituiría como un buen trampolín para la llegada de jugadores al fútbol profesional.

 

No obstante, a pesar de que parece un proyecto que comercialmente podría funcionar, en momento actual presenta, en nuestra opinión, demasiadas incertidumbres para pueda materializarse a corto plazo, tales como la financiación de la misma, la capacidad real de los clubes participantes de cumplir con la totalidad de los requisitos exigidos, los efectos colaterales que conllevaría –descenso de facto de categoría de un gran número de equipos, reordenación de todas las categorías inferiores, incluso en categorías territoriales, mayores dificultades para proyectos modestos de atraer la atención de inversores, pérdida de competitividad en categorías más bajas y aún más dificultades económicas para el fútbol verdaderamente modesto-, o las posibilidades de cumplir con las formalidades necesarias para su aprobación por parte de los órganos federativos, máxime teniendo en cuenta la situación actual y, además, la proximidad de las elecciones de la Federación.

 

Todo lo anterior nos hace concluir que a pesar de que el modelo competitivo es altamente atractivo y su implantación comercial pueda ayudar a dar un paso más en la profesionalización del fútbol español, a día de hoy las incertidumbres sobre el modelo aconsejan retomar su implantación más adelante, con el tiempo suficiente para profundizar en el mismo y dar un mayor grado de certeza tanto a sus potenciales participantes como al resto de clubes que se verían afectados por su aparición.

 

Tomás Páramo Aguado – Abogado, Socio Director Intersoccer Consultoría

José Francisco Redondo Garrido – Abogado Intersoccer Consultoría

 

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