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Publicada en el BOE la nueva fundación para el deporte no profesional

Redacción de IUSPORT Redacción de IUSPORT Miércoles, 22 de Abril de 2020

Ayer lo adelantamos en el proyecto de decreto ley que publicamos en exclusiva. Texto que se ha confirmado en el decreto ley 15/2020 publicado este miércoles en el BOE

El Gobierno aprobó este martes la creación de dicha Fundación "con el fin de apoyar el deporte en un contexto de paralización de su actividad, y en una situación en la que no se generan ingresos" debido al estado de alama, informó la ministra de ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.

La nueva entidad "estará dotada con los fondos provenientes de la venta de los derechos audiovisuales del fútbol, es decir, fondos de los clubes profesionales, con el fin de contribuir a financiar y dotar de estabilidad al deporte federativo y al deporte olímpico y paralímpico en la antesala de los Juegos Olímpicos", añadió la ministra.

La fundación estará adscrita a la Administración General del Estado, a través del Consejo Superior de Deportes (CSD), y contará con la participación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF)LaLiga y representantes de las distintas federaciones deportivas españolas, así como de las competiciones oficiales y no oficiales, dijo Calviño.

"Esta nueva fundación será la única que podrá asumir la gestión y comercialización de los derechos audiovisuales de las federaciones deportivas y competiciones distintas del fútbol, siempre que no quieran asumirlo por sí mismas", indicó tras el Consejo de Ministros.

 

TEXTO PUBLICADO EN EL BOE

 

"Artículo 26. Creación de la Fundación España Deporte Global, F.S.P.

 

1. Se crea la Fundación España Deporte Global, F.S.P., como organización sin fin de lucro, con personalidad jurídica y plena capacidad, que tiene afectado de modo duradero su patrimonio al cumplimiento de sus fines, sin otras limitaciones que las establecidas por las leyes y por sus Estatutos. Se encuentra adscrita a la Administración General del Estado, a través del Consejo Superior de Deportes, O.A.

 

2. La Fundación España Deporte Global, F.S.P. se regirá por sus Estatutos, y por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, por la legislación autonómica que resulte aplicable en materia de fundaciones, y por el ordenamiento jurídico privado, salvo en las materias en que le sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de control económico-financiero y de contratación del sector público.

 

3. La Fundación España Deporte Global, F.S.P. tiene como fin fundacional la promoción, impulso y difusión del deporte federado, olímpico y paralímpico, así como la internacionalización del deporte español.

 

Para el cumplimiento de dichos fines, la Fundación España Deporte Global, F.S.P. ejercerá, en apoyo de las funciones propias del Consejo Superior de Deportes, las actividades establecidas en sus Estatutos, entre las que figurarán necesariamente las siguientes:

 

a) Análisis, estudio e identificación de las prioridades en el ámbito del deporte federado.

 

b) Diseño de proyectos de difusión y promoción nacional e internacional del modelo de deporte español.

 

c) Gestión y justificación de fondos recibidos para el cumplimiento de sus fines, analizando de forma continua los resultados obtenidos con el fin de establecer áreas de mejora que permitan una mejor consecución de los fines fundacionales.

 

d) Gestión y comercialización de los derechos audiovisuales de las Federaciones Deportivas y competiciones distintas al fútbol, cuando no quieran asumirlos por sí mismas.

 

En ningún caso podrá ejercer potestades públicas.

 

4. El Patronato es el órgano de gobierno y representación legal de la Fundación, cuya Presidencia corresponde al titular de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, O.A.

 

Formarán parte del patronato, en los términos previstos en los Estatutos, entre otros, la Real Federación Española de Fútbol, La Liga de Fútbol Profesional («LaLiga»), y las restantes Federaciones deportivas españolas y competiciones oficiales y no oficiales.

 

5. La Fundación España Deporte Global, F.S.P, una vez se cumplan todos los requisitos exigidos para su funcionamiento, será la única entidad que podrá asumir la gestión y comercialización de los derechos audiovisuales de las Federaciones Deportivas y competiciones distintas al fútbol, cuando no quieran asumirlos por sí mismas.

 

6. No será de aplicación para la creación de la Fundación España Deporte Global, F.S.P. lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 133 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público"

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