F: MarcaHace unos días F.I.F.A publicó una Guía relativa a las cuestiones Regulatorias del Fútbol, para ayudar a resolver los problemas que el coronavirus ha creado en las relaciones contractuales entre los clubes y sus empleados. La misma me pareció llena de lógica y sentido común y otorgando libertad a las federaciones a resolver por su cuenta sin imponer fechas de reinicio y sin ninguna presión.
En el ítem de los contratos de cumplimiento imposible el órgano Supremo del Fútbol deja en el criterio de la justicia de los países la solución de los conflictos advirtiendo que sería aconsejable que no se alejen de los principios rectores que los órganos jurisdiccionales de F.I.F.A sostienen en sus jurisprudencias. Hace referencia a la labor de las C.R.D., la Comisión de estatutos de Jugadores, o tribunales deportivos.
El problema se presenta en países donde no se cuenta con C.R.D. o Tribunales Deportivos y que los hay importantes, donde allí hay que dejar en mano de la justicia ordinaria, con muchos magistrados y lo digo con respeto por mis ex colegas, varios son desconocedores de las particularidades que tiene una rama ya autónoma y fundada en principios y normas propias como es el Derecho Del Deporte.
En las 1ras Jornadas Latinoamericanas de DD.HH. y Derechos Humanitarios Internacional que se realizaron en Argentina en Abril 2018, en mi conferencia sobre DD.HH. y Deportes hice alusión a la violación que representa el pedido en los reglamentos deportivos que sus actores no acudan a la justicia regular en las contiendas jurídicas que se les presenten. Esto es claro ya que estamos en presencia de la vulneración del Derecho fundamental del “Acceso a la Justicia para todos los seres humanos”.
Ese entre otros temas que unen al Deporte y los DDHH.
A pesar de lo dicho ut supra, creo que el ritmo al que se mueve el deporte y sus negocios jurídicos no condicen con los tiempos que nos tiene acostumbrado el trabajo de los órganos judiciales estatales. Además de la falta de especialización en una materia muy rica en innovaciones constantes y situaciones que se requiere como lo manifesté en un artículo anterior (Ceder, mediar y negociar…) en éste importante sitio, de un elemento fundamental que es la inmediatez. Esperar más de 6 meses una resolución por una transferencia, nos trasladaría a un escenario similar al actual. Por ello sin justificar la ruptura de la valoración que debe tener o ser considerado un Derecho Fundamental, como fue la pregunta de un colega latino acerca del tema a la destacada colega internacional Melanie Sharer en el último Congreso de FIFA en Madrid en Septiembre 19, creemos de la necesidad urgente de más tribunales de Justicia deportivos que sepan ponderar las normas, principios y valores para tener una justicia deportiva más justa y equitativa y respetuosa de plazos razonables, ésta última condición exigida por las Cortes internacionales, a la que nosotros debemos imponerla con mayor compromiso en el tratamiento de asuntos deportivos.
Es por esto que Argentina no puede dejar de contar con un tribunal deportivo. Un país que tiene una rica historia en logros internacionales, en la promoción de talentos y en la organización y participación de eventos de enorme trascendencia en el deporte mundial.
El reclamo también es para que cada país de la región pueda contar con sus propios tribunales y que nuestra Latinoamérica, como todos los continentes, tengan un Tribunal fijo especializado en la materia, que aporte la doble instancia, lo que traerá aparejado, sobretodo en tiempos de crisis económica, que se avecinaran ahora, menos gastos para los clubes y federaciones a la hora de buscar soluciones.
Es cierto que el T.A.S. ha sumado recientemente la lengua española, pero quiero notar que ésta idea no resentiría la rica jurisprudencia internacional del órgano radicado en Suiza o como me manifestaron del temor de interpretaciones diferentes. Siempre el órgano creado por Samaranch en el año 1984 deberá seguir vigente como el último resorte jurisdiccional del deporte mundial y para todo el planeta.
Pero sería de mucha utilidad descentralizar en órganos constituidos por profesionales con vocación de resolver conflictos que respeten y se hayan formado en la misma línea de los miembros de los tribunales de alto grado a través de cursos y Congresos de Perfeccionamiento. Ayudaría a una mayor celeridad y a un control de gasto de las partes. Además de darle la formalidad de un órgano estable en un país equidistante de los distintos continentes. Aplicando un sistema que los colegiados ya utilizan en cámaras y Cortes, el cual es de proceder a iniciar la búsqueda de la solución en una audiencia con un miembro que se desprende para buscar un acuerdo, y de fracasar el mismo, concluir con el proceso normal que acabaría con los votos decisorios de los miembros de la sala.
Esto, como lo mencione arriba sin quitarle el privilegio al T.A.S. suizo de ser el último revisor si las partes así lo desean en el viejo Continente.
Hoy domingo de Pascuas en el diario El País de Madrid el reconocido filósofo británico John Gray ha escrito “La hiperglobalización de las últimas décadas se acaba…”, habrá grandes cambios en el mundo seguramente después de éste quedarse en casa y el deporte seguramente no estará ausente de ello.
El autor es Abogado por la Universidad Nacional de Córdoba (Argentina).
Master en Derecho del Deporte por I.S.D.E Madrid.
Realizó el curso de Managment Program Lawyer ( mediación y Coaching) Escuela de Derecho de YALE. EE.UU.
Estudió Negociación en la Escuela de Negocios de Harvard . EE.UU. Ex Juez Civil y Mercantil.
Docente Universitario.
Actual Miembro del Tribunal de Disciplina de A.F.A 8 Asociación del Fútbol Argentino.).
Ex Narrador Deportivo de Fútbol, Baloncesto y Voley en TYC Sports y Fox Sports.
















