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País vasco y Galicia: razones extrapolables a las elecciones de la RFEF

José Miguel Fraguela José Miguel Fraguela Martes, 17 de Marzo de 2020
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La presidenta del CSD, Irene Lozano, desveló anoche en El Larguero de la Ser que habló con Rubiales y este le aseguró que no iba a convocar las elecciones a corto plazo. 

 

Sobre el hecho de que se pueda prorrogar el estado de alarma, Lozano explicó que es algo que está "muy por encima del mundo del deporte". "Es muy frustrante para muchos deportistas que se suspendan las competiciones, pero saben que esto es lo que hay que hacer para proteger la salud de todos, sobre todo de los más vulnerables".

 

[AUDIO DE EL LARGUERO]

 

Como saben los lectores de IUSPORT, la comisión delegada de la RFEF dio luz verde el pasado 11 de marzo a la convocatoria de elecciones, una vez autorizado el adelanto por el CSD. Por consiguiente, tendrá que convocarse este órgano colegiado de nuevo para que modifique su acuerdo.

 

La convocatoria ya no se hará pública, pues, el próximo día 26 de marzo, ni las votaciones a presidente serán en junio, como estaba previsto.

 

Pues bien, resulta oportuno hacernos eco de una información de El Español en la que se aborda la suspensión de las elecciones políticas en Galicia y el País vasco, ya anunciada, pues nos parecen perfectamente extrapolable a las elecciones de la RFEF y del resto de federaciones deportivas, españolas y autonómicas.

 

Fuentes jurídicas consultadas por EL ESPAÑOL recuerdan que tanto Galicia como País Vasco regulan sus elecciones a través de sendas leyes electorales y que la cancelación electoral se justifica "por la situación de emergencia nacional sanitaria.

 

La celebración de elecciones no garantizaría la participación ni el voto libre de los ciudadanos, ya que los que fueran a ejercer su derecho a voto lo harían en contra de las recomendaciones médicas", que insisten en no salir de casa como antídoto para superar la pandemia.

 

Las mismas fuentes recuerdan que unas elecciones deben garantizar siempre "el principio de universalidad, es decir, la mayor participación posible". Un principio constitucional que "no se garantiza cuando las autoridades han decretado un estado de alarma que limita la circulación de las personas y todos los poderes públicos están recomendando el confinamiento".

 

De celebrarse las elecciones el 5 de abril, además, alertan de que hubiera habido problemas organizativos. "Para empezar, con la constitución de las mesas:muchos ciudadanos se excusarán por razones de salud. También puede haber dificultades para el suministro de todos los materiales necesarios para la celebración de las votaciones". 

 

Los expertos también corrigen la idea tan extendida de que una campaña electoral es insignificante para la ciudadanía. "La campaña, en un sistema democrático, es importante, porque es lo que permite a los ciudadanos saber a qué se comprometen los que quieren gobernarles y qué piensan de los asuntos públicos. La emergencia sanitaria obligaría a celebrar una campaña 'sui generis'". 

 

Legitimización

En caso de que se hubieran celebrado elecciones el 5 de abril, los especialistas vaticinan que hubiera habido "una participación irrisoria que podría afectar a la propia legitimidad de las elecciones, como está ocurriendo en Francia, un país que se plantea si celebrar la segunda vuelta". En todo caso, insisten en que, aunque la ley electoral no dispone de una previsión para cancelar la cita electoral, "tampoco hay una prohibición expresa". 

 

La voluntad del presidente gallego y del lehendakari vasco es celebrar los comicios cuanto antes. Sin embargo, los servicios jurídicos cercanos a los dos presidentes estudian a contrarreloj la manera de cómo articular la puesta en marcha de la futura convocatoria electoral y se ha pedido el respaldo a las juntas electorales autonómicas para que avale cualquier decisión que se tome. 

 

Todos están ante una página en blanco. La idea de Feijóo es que los dos decretos, el de la suspensión y el de la reactivación, estén publicados lo antes posible. Al menos el real decreto de revocación de la convocatoria electoral debe hacerse público antes de las 00.00 del jueves, el momento en el que oficialmente debía comenzar la campaña electoral. 

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