F: RTVEEl juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha acordado la citación como investigado del empresario J.S. por supuestamente invitar al Síndic de Greuges, Rafael Ribo Masso, y a su hija a ver la final de la Liga de Campeones en Berlín en junio de 2015 disputada entre el FC Barcelona y la Juventus de Turín.
El magistrado acuerda dar traslado de las actuaciones al Síndic antes de decidir si envía estos hechos concretos al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña al ser persona aforada ante este órgano judicial.
En un auto, el magistrado De la Mata, en el marco de la causa del denominado 3 por ciento, recoge el escrito de Anticorrupción en el que se pone de manifiesto que en junio de 2015 el acusado decidió invitar a la final de la Champions a varias personas, una invitación que tenía carácter “comercial”. Entre las personas que participaron en el viaje, que incluía avión y furgoneta con un coste total de 39.900 euros, estaban el propio Ribó y su hija, tras gestiones de este preguntando a través de un tercero “su habría una plaza adicional para su hija Alba Ribo”. El viaje fue pagado íntegramente por el acusado.
De la Mata explica que no consta la existencia de fin alguno distinto para haber realizado J.S. esta invitación “que la mera consideración por su parte a la función o cargo que Ribo Masso desempeñaba (Síndic de Greuges de Cataluña)”. De hecho, añade el juez, existen elementos que contribuyen a particularizar esta conducta como que no constan la existencia de relaciones de familiaridad o de especial amistad íntima o afecto entre ambos y que no sólo acepta ser invitado, explica el juez, “sino que toma iniciativa para obtener un mayor beneficio al solicitar expresamente que también sea invitada su hija Alba Ribó, lo que efectivamente se produce”.
En su resolución, el juez destaca que el objetivo del gasto verificado fue tener una atención comercial, describe el viaje como viaje “comercial” y envía al menos un mensaje mediante el que trata que nadie sepa de él”.
Ante la petición de Anticorrupción de que se solicite del TSJ de Cataluña que valore su competencia para investigar a Ribó, el instructor recuerda que por las prerrogativas de inviolabilidad e inmunidad que se otorgan a los miembros de las Asambleas Legislativas dispone de un aforamiento especial y, en relación con estas circunstancias, la doctrina fijada por el TS exige un mayor nivel de profundidad en la instrucción judicial que debe tener la exposición razonada, de forma que se impute a la persona aforada de modo inequívoco y directo la comisión de determinados hechos concretos objetivamente constatables de los que pueda desprenderse la existencia de una concreta imputación que pueda revertir caracteres de delito.
Por ello, dice De la Mata, procede precisar los indicios o principios de prueba que pudieran servir de apoyo a una imputación del Síndic y por ello existe la obligación de dar la oportunidad al aforado de ejercitar todos los derechos que le confiere la ley como el de personarse, tomar conocimiento de las actuaciones, declarar voluntariamente como persona investigada, aportar documentos, proponer pruebas y participar en las diligencias probatorias.
Por ello, el juez da la traslado de la causa para que pueda ejercer su defensa en la forma que considera oportuno y, en particular, se le da traslado de los informes de la Guardia Civil y del fiscal, sin perjuicio de que se persone y pueda acceder así al procedimiento. Además de la citación como investigado de J.S. para el 31 de enero, el juez también cita ese día a dos personas como testigos para declarar en relación con los hechos.



























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