
Es la primera vez que un juez español se pronuncia sobre la posibilidad de disputar un partido oficial de un campeonato nacional en territorio extranjero. En el caso Girona-Barcelona de la temporada pasada se canceló la vista judicial por la retirada a última hora del club blaugrana
El Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid resolvió este viernes no estimar las medidas cautelares solicitadas por LaLiga para la autorización por parte de la Federación Española de Fútbol (RFEF) de la celebración en Miami del partido Villarreal-Atlético de Madrid el próximo 6 de diciembre.
PARTE DISPOSITIVA DEL AUTO
"Se deniegan las medidas cautelares solicitadas la Procuradora Consuelo Rodríguez Chacón, en nombre y representación de la Liga Nacional de Futbol Profesional contra la Real Federación Española de Futbol.
Se imponen las costas a la actora".
En líneas generales, el juzgado rechaza la petición ante el hecho de que se trata de una nueva solicitud unilateral de celebrar un partido de liga fuera del territorio nacional en la temporada 2019-2020, cuando aún está pendiente de que se celebre la vista oral, señalada para febrero del próximo año, por una demanda del año 2018, presentada por la misma actora, ante la negativa, también de la RFEF, a que se jugase en esa temporada un partido de liga en Miami, que en esa ocasión iba a enfrentar al Girona contra el Barcelona.
El contenido de la solicitud de medidas cautelares actual es idéntico al de la demanda principal, sostiene el juzgado, o por lo menos guarda una relación directa con parte de la petición principal, dando lugar en caso de adopción de la misma o de no adopción de la misma a una anticipación del fallo contenido en la sentencia principal.
Veinticuatro horas después de celebrar la vista con ambas partes, el juez Moisés Guillamón se pronunció en contra de la pretensión de LaLiga y concluyó que la RFEF ha justificado debidamente los motivos de su oposición.
También recordó el juez que el fondo del caso, tras el intento fallido hace un año de que fuera el Girona-Barcelona el partido que se jugase en Miami, está pendiente de resolución judicial el próximo febrero.
"A juicio de este juzgador las medidas solicitadas durante la sustanciación de este procedimiento en caso de no adopción no conllevan a que podrían producirse situaciones que impidieren o dificultaren la efectividad de la tutela que pudiere otorgarse en una eventual sentencia estimatoria", afirma el juez.
También señala que "la solicitud de medida cautelar concreta durante el proceso no se basa en unos hechos y circunstancias sobrevenidos, y en este caso han sido ocasionados por la propia actora, que no justifican dicha solicitud en cuanto al extremo analizado".
La decisión, ante la que cabe recurso de apelación en un plazo de veinte días, recuerda que LaLiga ya hizo una petición de medidas cautelares, de la que luego desistió, el año pasado también para la disputa en Miami del Girona-Barça y que ha vuelto a hacer otra sin esperar a la resolución de la demanda principal, que será en febrero de 2020.
LaLiga, para el juez, "persiste en dicho empeño anticipatorio del partido en el extranjero a sabiendas que está pendiente de resolución en febrero de 2020, dentro del calendario de liga de este año, pudiéndose celebrar con posterioridad a dicha fecha en su caso, o posteriormente, siempre con un respaldo judicial en su caso, atendiendo además a la pluralidad de confrontaciones entre las partes, y que se puede producir una alteración de la competición por desigualdades alegadas (conforme expuso el letrado respecto a los equipos reseñados que se han opuesto), pudiendo producir efectos frente a terceros".
También afirma que "no se está produciendo de manera permanente por la parte demandada una actuación obstruccionista muy difícilmente paliable mediante una sentencia posterior", como expuso LaLiga en la vista celebrada ayer.
Igualmente indica que la RFEF "ha justificado debidamente motivos de oposición" relativos a que la celebración del partido en Miami "no cumple los requisitos, no fue comunicado antes del inicio del campeonato, no han proporcionado información del evento en concreto (...)" y "el estadio no se encuentra todavía adaptado".
El juez apunta que al no existir regulación concreta de la celebración de partidos de liga en el extranjero "debe de acudirse en su caso al reglamento de FIFA, sobre todo en caso de conflicto".
"En todo caso esta cuestión es objeto de análisis del fondo del procedimiento, pero debe de fijarse en este auto la regulación concreta al respecto, y derivado de ello, la ausencia de regulación del procedimiento de tramitación al respecto en lo que aquí nos concierne dando lugar a la regulación a través del reglamento de FIFA de partidos internacionales", añade.
LaLiga, junto a Villarreal y Atlético de Madrid, solicitó a la RFEF autorización para la disputa en Miami del encuentro que ambos deben jugar el 6 de diciembre dentro de la jornada 16, fijado para las 22.00 hora peninsular (21.00 GMT) y pidió la medida cautelar ante el rechazo de la RFEF.
Fundamentos de la decisión
En su último fundamento jurídico, el auto dice lo siguiente:
"A juicio de este juzgador las medidas solicitadas durante la sustanciación de este procedimiento en caso de no adopción no conllevan a que podrían producirse situaciones que impidieren o dificultaren la efectividad de la tutela que pudiere otorgarse en una eventual sentencia estimatoria, ya que obedece más a un criterio de oportunidad ocasionado por la actora, y a un recurso pretendido por la actora durante la sustanciación del procedimiento sin ajustarse al art 730.4 LEC, que a un periculum in mora en sentido estricto relativo a presupuesto de medida cautelar anticipatoria en relación con el art 728 LEC derivado de una demanda inicial al estar el señalamiento del juicio próximo a su celebración y encuadrado dentro del propio campeonato de liga 2019-2020 o de una medida a adoptar durante el procedimiento por motivos justificados en dichos hechos en este momento; conforme el art 730.4 LEC, la solicitud de medida cautelar concreta durante el proceso se basa en unos hechos y circunstancias sobrevenidos, y en este caso han sido ocasionados por la propia actora, que no justifican dicha solicitud en cuanto al extremo analizado.
Al no concurrir el requisito expuesto, no es necesario analizar el resto de requisitos previstos en la LEC para que pueda prosperar en su caso la medida cautelar solicitada relativos al fumus boni iuris y al de caución, sin perjuicio del art 726 LEC".
Importancia del auto
Nuestros lectores ya saben que este incidente es independiente del sentido que en su día adopte la sentencia que resuelva sobre el fondo, pero en términos prácticos la resolución útil respecto a este partido en Miami es el auto de medidas cautelares por su ejecución inmediata. Ello no obstante, es conveniente, con vistas a futuras temporadas, saber lo que resuelven los jueces en torno al fondo de la cuestión planteada.
Como hemos advertido en IUSPORT, LaLiga tenía pocos días de margen más para poder llevar a cabo el gran operativo de disputar por primera vez en los 90 años del campeonato un encuentro en el extranjero, de ahí la prontitud con que ha fallado el juez.
La diferencia con el caso anterior (Girona-Barcelona) estriba en que aquella vista judicial no llegó a celebrarse porque el club blaugrana se retiró dos días antes de la fecha de la misma. No obstante, LaLiga dejó siempre claro que no desistía y que esperaba que el juez se pronunciara sobre el fondo del asunto, cuestión que aún está pendiente.
En esta ocasión, los dos clubes, Villarreal y Atlético, se mantuvieron hasta el final en su propósito de jugar en EEUU, pero, ante la negativa de la RFEF, acudieron al juez en defensa de sus derechos e intereses.
Reacción de LaLiga
LaLiga ha emitido un comunicado en el que manifiesta "su máximo respeto a una decisión que no prejuzga el fondo del asunto, el cual será resuelto en la vista definitiva el próximo mes de febrero de 2020"
"Se trata de una estrategia a largo plazo para el crecimiento internacional, por lo que esperamos que a partir de esa fecha LaLiga pueda llevar a cabo la organización de un partido oficial fuera de nuestras fronteras", añade la patronal.
Y concluye: "Acercar los clubes a sus aficionados globales representa una importante oportunidad para conectar con ellos y continuar trabajando por el seguimiento de LaLiga a nivel mundial. Este crecimiento internacional deriva en un beneficio para los propios clubes, sus jugadores, sus aficionados, el conjunto de LaLiga, el fútbol español y la marca España".
Desarrollo de la vista
LaLiga defendió ante el juez su petición de medidas cautelares para que el 6 de diciembre se juegue en Miami el Villarreal-Atlético de Madrid, a lo que la Federación Española de Fútbol (RFEF) se opuso por ser "totalmente contrario a la normativa FIFA".
El juez Moisés Guillamón escuchó inicialmente los argumentos de LaLiga, representada por la abogada María José López, quien razonó la concesión de la medida cautelar para la disputa del encuentro en Estados Unidos, aceptada por los dos clubes, que hicieron la petición formal a la RFEF junto a LaLiga, además de aludir a la disputa de la Supercopa fuera de España el pasado agosto en Tánger.
La vista se prolongó durante unas dos horas, en gran parte por la amplia exposición del representante legal de la RFEF, Tomás González Cueto, quien afirmó que jugar el partido en Estados Unidos es "una actuación totalmente contraria a la normativa de la FIFA".
"La justificación se basa en un criterio deportivo que la FIFA deja claro. Nunca se ha celebrado un partido de liga fuera de los países de sus federaciones. La comparación entre Liga y Supercopa no tiene ningún sentido", dijo en alusión a la decisión de la RFEF de que la Supercopa juegue sus próximas tres ediciones en Arabia Saudí, anunciada recientemente.
Para Cueto "los ejemplos de las ligas americanas son absurdos, están fuera del ámbito federativo. La NBA no tiene relación con la federación de baloncesto". "En España eso se puede hacer al margen de la ley del deporte y de las federaciones", añadió.
El representante de la RFEF aludió también al rechazo mostrado por clubes para que el Villarreal-Atlético se juegue en Miami, como el Real Madrid y el Barcelona, según dijo. En IUSPORT, sin embargo, solo nos consta la oposición del club blanco.
"Son las locomotoras del fútbol español. Generan buena parte de los ingresos que luego llegan a todos los clubes. Se niegan frontalmente a la disputa. una solicitud como esta deberá estar aprobada por todos sus clubes y vemos que no lo está", subrayó
Hace un año, LaLiga intentó, también con la oposición de la RFEF, que el Girona-Barcelona se jugara en Miami, con el acuerdo de los clubes, pero el equipo azulgrana desistió finalmente.
"LaLiga ofrece una caución en una actuación totalmente contraria a la normativa de la FIFA y sus consecuencias pueden ser devastadoras para un país que aspira a celebrar el Mundial en 2030. Debería ser al menos de 50 millones de euros", añadió el representante de la RFEF.
El juez denegó las declaraciones de testigos tanto de LaLiga como de la RFEF por no estimarlas relevantes para su pronunciamiento sobre las medidas cautelares pedidas por la patronal, para el que no hay fecha concreta.
También cuestionó que LaLiga haya solicitado la celebración del partido a la Federación de Estados Unidos si contar con el permiso de la RFEF y de la UEFA, que en el reglamento para la celebración de partidos en otro país deben autorizarlo previamente, así como la falta de condiciones excepcionales para cambiar el escenario de un partido y que en este caso sea una empresa la que lo organice.
El partido Villarreal-Atlético, de la jornada 16 de la Liga Santander, está programado para el viernes 6 de diciembre a las 22.00 hora peninsular (21.00 GMT).
Los pasos necesarios para autorizar el partido
Es la UEFA, a instancia de la federación nacional, en este caso la RFEF, el organismo que tiene la potestad para dar el visto bueno a la disputa o no de un encuentro oficial de una competición fuera del Viejo Continente. Su decisión al respecto debe comunicarla como muy tarde 21 días antes de la disputa del partido.
En este caso, tendría que ser el 21 de noviembre. En caso de ser favorable enviárselo a la otra confederación afectada como a la federación que corresponda. Al tratarse de Miami, se trata de la CONCACAF, la Federación Americana de Fútbol y la propia MLS.
La FIFA debe estar informada en todo momento, y una vez que ya están coordinadas todas las partes, de la disputa del mismo. Pero no tiene capacidad de decisión en los casos concretos que se susciten.
En el presente caso, la UEFA no se ha pronunciado porque la RFEF no llegó a plantearselo y ahora tiene el aval, provisional (cautelares) del juez.
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