
El TAD, en resolución del pasado 4 de octubre a la que ha tenido acceso IUSPORT, ha rechazado el recurso del Girona en el que pedía, entre otras cosas, una Liga Santander de 21 equipos, en base al caso Oikos.
El Girona pidió a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) una LaLiga Santander con 21 equipos hasta que "finalice el proceso judicial y se diluciden las responsabilidades" del supuesto amaño del partido Valladolid-Valencia.
El club, descendido a LaLiga 1/2/3, había solicitado al Comité de Competición de la RFEF la apertura de un expediente. Entre las medidas que proponía el club destacaba una de carácter excepcional: la de mantener una Primera División de 21 equipos hasta que "finalice el proceso judicial y se diluciden las responsabilidades" del supuesto amaño del Valladolid-Valencia.
En concreto, pedía que se dedujesen 6 puntos al Valladolid en la temporada 18/19 y, en su detecto, se aumentase a 21 el número de equipos en LaLiga Santander.
El TAD, que ya había denegado las cautelares pedidas por el Girona el 24 de julio, ha resuelto ahora definitivamente el recurso, desestimandolo.
El Girona requería al TAD que se pronunciara sobre tres cuestiones: la adopción de medidas provisionales (descuento de 6 puntos al Valladolid y aumnento de 21 equipos de LaLiga), la tramitación del caso a través del procedimiento de urgencia y el levantamiento de la suspensión del procedimiento sancionador en sede federativa.
Sobre las cautelares, el TAD se remite a lo que ya dijera en su resolución del 24 de julio de 2019, en la que se opuso a la adopción de las mismas.
En cuando al levantamiento de la suspensión, que el Girona considera necesaria por el perjuicio económico para el club, la alarma social y la demora del procedimiento penal, circunstancias que considera de extrema gravedad y que “aconsejan apurar todas las diligencias de investigación posibles”, el TAD recuerda que la decisión de la RFEF de suspender el procedimiento sancionador hasta que se resolviera el procedimiento penal estaba justificada.
El TAD entiende que las circunstancias justifican la suspensión. Entre otras, los rápidos plazos de instrucción y la ausencia de instrumentos de investigación (haría falta investigar informaciones bancarias, comunicaciones y otras imposibles de realizar a través del procedimiento disciplinario deportivo).
Así, entiende más razonable “reservar el mayor plazo posible para la posterior instrucción una vez que la investigación penal ofrezca un acervo probatorio suficiente, habida cuenta de que la denuncia del Girona se acompaña meramente de hemeroteca sobre una presunta trama de amaños”.


























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