
Gran gestión de Raúl Chapado, presidente de la Federación Española, que insistió con quejas y reclamaciones ante la IAAF, hasta que esta dio el brazo a torcer
Dos reclamaciones han sido necesarias para reparar la injusticia de que fue objeto el español Orlando Ortega la noche del miércoles en la final de 110 metros vallas de los Mundiales de Doha.
A la segunda, el Jurado de Apelación ha reconocido la evidencia: Ortega fue obstaculizado por el defensor del título, el jamaicano McLeod, cuando el habanero se disponía a ganar su primera medalla en un Mundial.
Nunca se sabrá si iba a ser la de plata o la de bronce, pero a la vista de las nuevas pruebas aportadas por el equipo español, el Jurado ha resuelto concederle una medalla extra en la carrera, y que Ortega comparta el tercer peldaño del podio con el francés Pascal Martinot-Lagarde.
El estadounidense Gran Holloway, líder mundial del año con 12.98, fue el ganador, con un crono de 13.10, de la accidentada final, en la que Ortega iba en posición de medalla para afrontar el último tramo de la prueba, precisamente donde se muestra más letal, y sin embargo, embestido por McLeod, terminó quinto.
La medalla de plata fue para el ruso Sergey Shubenkov con 13.15 y la de bronce para el campeón de Europa, el francés Pascal Martinot-Lagarde (13.18).
La IAAF anunció que España había presentado una segunda reclamación y que el Jurado ha reconsiderado el caso a la vista de la obstrucción por parte de McLeod, de forma que estimó la apelación y resuelve que Ortega sea galardonado también con la medalla de bronce.
La medalla es la primera del equipo español en Doha y también la primera del vallista habanero, actual subcampeón olímpico, en campeonatos del mundo.
La primera reclamación española, presentada la noche del miércoles inmediatamente después de la carrera, fue desestimada por el Jurado de Apelación alegando que el suceso "no es infrecuente en pruebas de vallas".
España reclamaba que se repitiera la final o bien que, en justa reparación por el perjuicio sufrido, se le concediera al atleta español la medalla correspondiente al puesto que ocupaba en el momento del incidente (tercero según el escrito).
McLeod, que derrotó a Ortega en la final olímpica de Río 2016, fue descalificado en Doha, pero el español terminó quinto. El habanero, desconsolado tras la carrera, habló directamente de "robo" y de "injusticia".
No encabezaba el ránking mundial de 110 m vallas, pues tiene por delante a dos estadounidenses (Holloway, el único que ha bajado de 13 segundos, con 12.98, y Daniel Roberts, 13.00), pero Ortega llegaba a Doha en su mejor momento: tras ganar doce de sus quince carreras este año y en Lausana, con 13.05, a una sola centésima de su récord de España.
El argumento esgrimido inicialmente por Apelación de la IAAF para desestimar todas las opciones: la frecuencia
A la vista del rechazo a la primera apelación, cabía preguntarse: ¿la frecuencia de la obstrucción en la carrera, contemplada como supuesto de repetición de la misma, la exime del cumplimiento del precepto? Entonces, ¿cuál es la auténtica razón de ser del artículo 162.3?
¿En general, los comportamientos que alteran la normalidad de las pruebas y que como tal se recogen en los reglamentos de competición, cuando son frecuentes, se “despenalizan”?
Artículo 163.2 del Reglamento de Competición de la IAAF
Obstrucción
2. Si un atleta es empujado u obstruido durante una prueba, de tal manera que se impida su progresión, entonces:
a) si el empujón o la obstrucción es considerada como involuntaria o no ha sido causada por un atleta, el Juez Árbitro podrá, si estima que un atleta (o su equipo) ha sido seriamente perjudicado, de acuerdo con el Artículo 125.7 o con el Artículo 146.4, ordenar que la carrera (para uno, algunos o todos los atletas) se corra de nuevo o que el atleta perjudicado (o el equipo) participen en una ronda siguiente de la prueba;
b) si otro atleta es considerado responsable del empujón o de la obstrucción por el Juez Árbitro, dicho atleta (o su equipo) estará sujeto a descalificación de esta prueba. El Juez Arbitro, si estima que un atleta ha sido seriamente perjudicado, de acuerdo con el Artículo 125.7 o con el Artículo 146.4, puede ordenar que la carrera (para uno, algunos o todos los atletas) se corra de nuevo excluyendo a cualquier atleta (o equipo) descalificado o puede permitir al atleta (o equipo) perjudicado (distinto de cualquier atleta o equipo descalificado) participar en una ronda posterior de la prueba.
Está claro que la IAAF tiene un problema. Lo había creado Apelación y, aunque se ha resuelto de forma puntual con Ortega, pero el llamado a resolverlo de forma definitiva es su presidente, Sebastian Coe. Y es urgente que lo aborde para evitar que se repitan situaciones bochornosas como la que en este caso le ha tocado sufrir a Ortega y a España.
Lo contrario sería aceptar que la obstrucción, como elemento "no infrecuente" en las pruebas, debe tomarse como parte de las mismas. Si es así, deróguese el artículo 163.2, pues, pero asuman las consecuencias.
















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