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Competición proclama ganador a Puente Genil por alineación indebida del Ceuta

Mario de la Santa Mario de la Santa Jueves, 12 de Septiembre de 2019

Se ha confirmado la noticia anticipada por IUSPORT al comienzo de esta temporada con respecto a la alineación de Benji por parte del Ceuta frente al Puente Genil.

 

Y adelantamos que uno de los clubes de Tercera División que podría verse afectado por el NO indulto a los jugadores que arrastraban sanción por acumulación de amarillas de la temporada anterior, era el AD Ceuta.


Pues bien, el Juez único de Competición de la Federación Andaluza de Fútbol ha estimado la reclamación del Puente Genil y ha declarado la alineación indebida del Benji.

 

En consecuencia,  Competición le da el partido por ganado al equipo cordobés por tres a cero.

 

La parte dispositiva de la resolución del Juez Único es la siguiente:

 

"PRIMERO.- Estimar la reclamación del Club Salerm Cosmetics Puente Genil FC y declarar la alineación indebida del jugador D. RAFAEL BENJAMÍN NÚÑEZ RODRÍGUEZ por parte del club AD Ceuta FC en el partido objeto de este expediente –AD Ceuta-Puente Genil-, al intervenir sin tener cumplido el partido de sanción que le fue impuesto en competición de ámbito territorial (Art. 56.1 y 5 del Código Disciplinario de la R.F.E.F.).

 

SEGUNDO.- Dar el partido por perdido al AD CEUTA, declarándose vencedor al Salerm Cosmetics Puente Genil FC con el resultado de CERO goles TRES (Art. 223-2 del Reglamento General de la RFEF y Art. 76-1 del Código Disciplinario de la RFEF) y multa accesoria de 1.001 EUROS (Art. 76-2 Código Disciplinario de la RFEF).

 

CUARTO.- COMPUTAR el encuentro para el cumplimiento de la sanción en su día impuesta al jugador D. RAFAEL BENJAMÍN NÚÑEZ RODRÍGUEZ, que intervino indebidamente".

 

La temporada comenzó con jugadores que arrastraban una sanción de la temporada anterior, bien por acumulación de amonestaciones, bien por una expulsión directa y deben cumplir en el comienzo del presente curso.

 

Una norma, la de cumplir la sanción por amonestaciones la temporada siguiente, que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha modificado pero que no ha entrado en vigor porque necesita el visto bueno del Consejo Superior de Deportes (CSD). Una aprobación que a día de hoy no ha llegado.

 

Benji fue sancionado en la última jornada de la temporada pasada, cuando jugaba en el segundo filial de la Unión Deportiva Las Palmas, por acumulación de amonestaciones. Este verano dejó la entidad canaria para fichar por la AD Ceuta. Sin embargo, llegaba al conjunto ceutí con una sanción pendiente, que debía cumplir esta primera jornada de Liga.

 

Así lo indica el vigente Código Disciplinario vigente de la RFEF que, repetimos, todavía no se ha modificado por la falta del visto bueno del CSD:

 

"Cuando una competición hubiera concluido o el club de que se trate haya resultado eliminado y quedara pendiente el cumplimiento de algún partido de suspensión, la sanción se cumplirá en la próxima temporada, según los criterios establecidos en el punto primero y segundo del presente artículo, con independencia de que el sancionado cambie de categoría, división o grupo", reza el artículo 56.6.

 

Como indica el mismo artículo por el hecho de haber cambiado de grupo en la misma categoría, del duodécimo al décimo, no se elimina la sanción y queda pendiente para el próximo curso.

 

Según la ficha que aparece en la web de la Real Federación Andaluza de Fútbol (RFAF), 'Benji' jugó el partido con el Ceuta contra el Puente Genil con el dorsal 22.

 

Por ello, el Puente Genil, que perdió por 4-3 dicho encuentro en el césped, ha sido proclamado ahora ganador por 3-0.

 

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