
El pedido de una agrupación opositora al oficialismo, "Canayas Unidos", sostienen que la actual Comisión Directiva del club rosarino no está capacitada para gestionar en el próximo mercado de pases según publica Rosario3.
En medio de un presente sombrío por los malos resultados del equipo, incluidas amenazas anónimas a sus futbolistas, la agrupación política opositora “Canayas Unidos” planteó la posibilidad de adelantar las elecciones en Rosario Central previstas para octubre de este año, aunque desde el oficialismo desecharon esa alternativa.
La convocatoria surgió desde la agrupación liderada por Mario “Coqui” Moretti, un empresario rosarino quien hizo un llamado a todo el arco opositor y a los socios en general para unirse en un pedido formal para que se anticipen los comicios.
“Lo pidió mucha gente, tanto de nuestra agrupación como socios independientes. Este es un ciclo terminado, hacen todo de manera improvisada y no planificada”, señaló Moretti sobre la gestión del presidente Rodolfo Di Pollina en Desde el medio (Radio 2).
El principal argumento es la “incapacidad” de los actuales dirigentes para llevar adelante las contrataciones y movimientos del plantel en el próximo mercado de pases, que será antes de la fecha fijada para las elecciones.
Tras la derrota ante Aldosivi de Mar del Plata que desató una nueva ola de críticas a la conducción del club, los directivos del oficialismo aseguran que no hay posibilidad de adelantar el proceso electoral.
Para que se produzca el anticipo de los comicios, en primer lugar se debe convocar a una Asamblea Extraordinaria con el aval del 10 % del padrón electoral -un número que hoy oscila en los 4 mil socios - de acuerdo a lo que establece el artículo 149 del estatuto social.
La letra del estatuto social: Asamblea Extraordinaria de Asociados. Convocatoria. Exclusividad. Asuntos.
"Artículo 149º: Las Asambleas Extraordinarias deberán llevarse a cabo en los casos previstos en este Estatuto, por decisión de la Comisión Directiva, por pedido de la Comisión Revisora de Cuentas en los supuestos del inciso “h” del artículo 137º, o por iniciativa de un mínimo del diez por ciento (10%) de los Asociados en derecho. Las Asambleas Extraordinarias se constituirán exclusivamente como Asamblea General de Asociados.
Corresponde tratar en estas Asambleas: a) Cualquier asunto que, a juicio de la Comisión Directiva, o a propuesta de un mínimo del diez por ciento (10%) de los Asociados con derecho a voto, revista trascendental importancia para la Institución..."

















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