
Será este miércoles cuando debería resolver sobre la denuncia presentada por la Liga el pasado 14 febrero. Veremos si hay sanción y sólo en caso de ser considerada como grave afectaría a ambas competiciones. En caso de ser leve tendría repercusión en el clásico liguero del próximo sábado
Ahora que se ha abierto en el Real Madrid la polémica en torno a la actitud de Gareth Bale el pasado domingo en el encuentro ante el Levante, conviene saber que mañana miércoles es un día crucial para conocer la presencia o no del galés en los dos clásicos que arrancan precisamente este miércoles en el Santiago Bernabéu.
Porque será inicialmente este 27 de febrero cuando el Comité de Competición que preside Carmen Pérez deba decidir y hacer público la resolución al procedimiento abierto a raíz de la denuncia presentada por la Liga de Fútbol Profesional contra el jugador del Real Madrid.
En el escrito rezaba que “en el minuto 73, y tras anotar el jugador del Real Madrid, en la celebración de este…agita el brazo derecho llevándoselo a la proximidad de su cabeza, en previsible signo de provocación animosa al público, efectuando posteriormente un ademán de posible significado obsceno y despectivo levantado el brazo y golpeándose en la mitad de él con la otra mano”.
Una vez que el órgano federativo recibió la denuncia abrió un proceso de tramitación, dando traslado de la denuncia a las partes incluido el propio árbitro Estrada Fernández, para que realicen las pertinentes alegaciones y puntualizaciones al respecto. En el caso del árbitro debido a que no hizo constar nada en acta, un elemento clave en cualquier procedimiento abierto.
Y tiene que ser este miércoles, salvo sorpresa, cuando resuelvan al respecto. Varios son los escenarios ante los que nos encontramos. El primero, y más probable, es que no haya sanción alguna al jugador al no poder probar el motivo de la denuncia existente.
En el caso de existir sanción desde el Comité de Competición, lo cual podría provocar un precedente peligroso, nos encontramos ante dos escenarios.
El primero pasaría por considerar la acción como grave, en cuyo caso podrían aplicarle el artículo 89 relativo a los actos notorios y públicos que atentan a la dignidad y decoro deportivos o el artículo 93 relativo a las provocaciones al público.
Más probable el segundo dado que el primero parte de un castigo mínimo de cuatro partidos y además, en los casos que se aplica cuando hay desconsideraciones a los árbitros, se hace efectivo únicamente la multa económica entre 602 y 3000 euros. En el caso ser considerarse como provocación al público, dicho artículo recoge una sanción comprendida entre cuatro y doce partidos.
Lo mismo que el artículo 100 relativo a las conductas contrarias al buen orden deportivo que siendo graves se sancionan de cuatro a doce partidos. Al tratarse de un castigo de carácter grave afecta a todas las competiciones, luego no podría jugar ni la semifinal de vuelta de la Copa ni el clásico liguero del próximo sábado.
Si bien inicialmente parece muy poco probable que adopten esta decisión, más considerando el gesto, las circunstancias y el “modus operandi” de este nuevo órgano, más benévolo en la aplicación de la normativa.
El siguiente escenario nos llevaría una sanción leve, según recoge el artículo 121 y 122 del propio ordenamiento federativo. La primera en relación a las provocaciones de público y la segunda respecto a las conductas contrarias al buen orden deportivo. Las dos partes de un castigo inicial de un partido, si bien en el primero se puede extender hasta tres por cuatro en caso de ser una conducta antideportiva.
Este escenario es más probable bajo la premisa de un solo partido y en caso de ser así, al tratarse de una sanción leve sólo afectaría al clásico del próximo sábado, dado que las sanciones leves se cumplen en la misma competición.
No es descartable tampoco que el Comité, en aras a evitar controversia, considere que el procedimiento no está cerrado y decida ampliar una semana más de plazo para resolver una vez hayan pasado los dos Real Madrid- Barcelona.

















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