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Valencia incluye al deporte en la Ley de igualdad de las personas LGTBI

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Viernes, 11 de Enero de 2019

Este viernes ha sido publicada en el BOE la Ley valenciana 23/2018, de 29 de noviembre, de igualdad de las personas LGTBI.

En su preámbulo expone que dentro del colectivo LGTBI, determinadas personas siguen siendo víctimas, en la actualidad, de situaciones especialmente flagrantes de discriminación.

 

La nueva ley valenciana tiene en cuenta la situación especial y diversa, de las personas con variaciones intersexuales o con diferencias del desarrollo sexual, tan comúnmente castigadas por la estigmatización, la ignorancia y el rechazo que muestra la sociedad hacia las realidades sexuales no binarias, sobre todo en el ámbito de la salud.


Uno de los objetivos prioritarios de la ley es favorecer la visibilización de las personas con variaciones intersexuales o con diferencias del desarrollo sexual. Su escasa presencia pública es debida, entre otras razones, a la baja densidad del tejido asociativo para la lucha por los derechos de estas personas que, por ejemplo, no cuentan con una organización representativa específica en el ámbito de la Comunitat Valenciana y que en muchas ocasiones tampoco ven sus demandas atendidas por parte de las propias asociaciones LGTBI.


Añade que es necesario desarrollar medidas en todos esos ámbitos: educación, salud, familia, infancia, adolescencia, juventud, tercera edad, cultura, ocio, deporte, comunicación, trabajo, cooperación al desarrollo, migraciones, administraciones públicas y las fuerzas de seguridad y de emergencias. Desde sus inicios, el movimiento feminista hizo suyas las reivindicaciones del movimiento LGTBI


El capítulo VII está orientado a los ámbitos de la cultura, el ocio, el deporte y la actividad física. En él se apuesta por la promoción de una cultura inclusiva que reconozca la diversidad sexual, de género y en el ámbito familiar y que fomente iniciativas que pretendan poner en valor dicha diversidad. También se recoge el deber de la Generalitat de promover un modelo de deporte inclusivo y de velar por la plena igualdad de las personas LGTBI en la práctica del deporte y la actividad física, así como en las actividades recreativas y de ocio.


Al mismo tiempo que se reconoce dicha diversidad y se asume como elemento determinante fundamental del contenido de la ley, se intenta detectar y dar respuesta a todas aquellas necesidades presentes en el conjunto del colectivo en ámbitos como los de los derechos sanitarios, la gestión, investigación y formación relativa a la salud de dichas personas, el ámbito educativo, los espacios sociales, el deporte, el ocio y el tiempo libre.

 

Referencias concretas al deporte en el articulado


La ley valenciana contempla en su artículo 35  las siguientes medidas en el ámbito de la cultura, el ocio y el deporte

 

1. La Generalitat promoverá y velará para que la participación en las prácticas físicas y deportivas, como en actividades con un importante impacto socializador, se realice en términos de igualdad, sin discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.


2. Se adoptarán las medidas precisas para garantizar que las actividades recreativas, de ocio y tiempo libre se disfrutan en condiciones de igualdad y respeto a la realidad LGTBI, evitando cualquier acto de prejuicio, hostigamiento y violencia física o psicológica. Se fomentará la creación de protocolos específicos contra la LGTBIfobia en el deporte. En particular, se garantizará, de común acuerdo con las federaciones deportivas valencianas, a las personas con variaciones intersexuales la libre participación sin discriminación alguna, tanto en la práctica como en las competiciones deportivas que se celebren en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.


3. Se adoptarán medidas que garanticen formación adecuada de las y los profesionales de educación física, didáctica deportiva, ocio y tiempo libre que incorporen la realidad LGTBI, el respeto y la protección del colectivo frente a cualquier discriminación por orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar. Para ello, se crearán espacios de trabajo colaborativo con las entidades públicas o privadas representativas en el ámbito de la gestión del ocio y tiempo libre y se promoverá la elaboración de guías de buenas prácticas para clubes, agrupaciones o federaciones deportivas sobre la no discriminación por orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.


4. Se promoverá un deporte inclusivo, erradicando toda forma de manifestación LGTBIfóbica en los eventos deportivos realizados en la Comunitat Valenciana.


5. Se promoverá la visibilidad de los colectivos LGTBI en el ámbito del deporte, dando a conocer referentes de estos colectivos, especialmente de los menos representados públicamente.

 

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