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Los jugadores sin minutos, libres para cambiar de club

Ramón Fuentes Miércoles, 02 de Enero de 2019
F: SportF: Sport

Para ello debe denunciar ante la FIFA que su participación ha sido inferior al 10% de los partidos oficiales. Sólo puede utilizar este mecanismo una vez concluida la competición en los quince días siguientes a su último partido profesional.

Este miércoles 2 de enero, una vez superado el primer día del año, arranca oficialmente el mercado de invierno en España como también en las grandes ligas europeas, lo que se considera oficialmente como la segunda ventana FIFA para inscribir jugadores y que consta de cuatro semanas. Concretamente hasta el próximo 31 de enero.

 

Inicialmente se espera mucha actividad, más considerando el hándicap de la libertad de inscripción de jugadores en la Liga de Campeones. Muchos serán los jugadores que puedan encontrar nuevo acomodo en este mercado, entre ellos aquellos que hasta ahora han gozado de pocas oportunidades en su actual club. Pero habrá muchos que, aún sin tener minutos en su equipo actual, no encuentren destino porque esa falta de minutos les deja sin atractivo para el resto de clubes.

 

LA BARRERA DEL 10 POR CIENTO

 

Pues bien, conviene saber que estos jugadores con contrato en vigor como mínimo la presente temporada y una más, tienen una vía legal de escape en caso de que su participación sea mínima y residual en caso de no contar con minutos durante toda la temporada en curso. Concretamente, para aquellos cuya participación está por debajo del 10% de los partidos oficiales que ha disputado su actual club.

 

Llegados a esta situación, el jugador está amparado por FIFA para poder solicitar rescindir prematuramente su contrato con el club y negociar libremente con otro. Así de claro está recogido en el Artículo 15 del Reglamento del Estatuto de Jugadores de FIFA. 

 

Como el mismo texto dice “en el examen de estos casos, se considerará debidamente las circunstancias del jugador. La existencia de una causa deportiva se establecerá individualmente en cada caso”.

 

Además el mismo artículo deja bien claro que “no se impondrán sanciones deportivas” al club que someta al jugador a esta situación de marginación aunque “podrá exigirse indemnización”. Es decir que el jugador no sólo tendrá carta libre para marcharse a cualquier otro club sino que además podrá exigir daños y perjuicios económicos por estar sometido a esta situación durante la temporada.

 

DOS SEMANAS

 

El citado artículo acaba exponiendo que el jugador en cuestión podrá “rescindir su contrato sobre esta base en los 15 días siguientes a su último partido oficial de la temporada con el club en el que está inscrito”. Es decir, y como exponíamos líneas atrás, nunca puede ejecutarse durante la temporada sino que el jugador debe esperar a que concluya la competición.

 

En el caso de España tendría que esperar al fin de semana de 17-18 de mayo en el caso de la competición liguera, el 25 de mayo si milita en uno de los dos equipos que dispute la final de la Copa del Rey o el 30 del mismo mes si fuera uno de los conjuntos que participen en la final de la Liga de Campeones que se disputará en el Metropolitano.

 

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