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Louzán recuerda que ha sido absuelto de fraude y que la sentencia no es firme

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Martes, 10 de Mayo de 2022

Rafael Louzán ha remitido un comunicado a IUSPORT, tras la información que publicamos ayer sobre su condena por prevaricación

Este lunes informamos en IUSPORT de la sentencia de la Audiencia de Pontevedra que estimó parcialmente el recurso del expresidente de la Diputación y hoy presidente de la Federación Gallega de Fútbol, Rafael Louzan, al que ha absuelto de fraude.

 

No obstante, dicha sentencia ha confirmado la condena de Louzán, junto a otros acusados, como cooperadores necesarios de un delito de prevaricación, por el cual la Audiencia ha mantenido la pena de de inhabilitación, si bien de 7 años, no de ocho.

 

Rafael Louzán había sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra por un caso que se remonta a cuando era presidente de la Diputación Provincial.

 

La Audiencia reitera que el condenado prevaricó al votar a favor del acuerdo de conceder la subvención «a sabiendas de que era ilegal y arbitrario porque respondía a un artificio para, burlando las barreras de la normativa, satisfacer las reclamaciones del contratista, infringiendo el deber de transparencia y no protegiendo los derechos de la Administración».

 

Tras esta información, Louzán ha remitido un comunicado a IUSPORT, fechado en lunes 9 de mayo, que publicamos a continuación de forma íntegra:

 

"1.- Que en el día de hoy ha recibido la notificación de la Sentencia 121/2022, de la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección nº 2, de fecha 3 de mayo de 2022, por la que queda absuelto del delito de fraude vinculado a las obras menores realizadas en 2013 en el campo de fútbol de Moraña y mantiene la condena por el supuesto delito de prevaricación, si bien la rebaja a siete años de inhabilitación para empleo o cargo público.

 

2.- Que dicha sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra no es firme y contra ella cabe Recurso de Casación, que sus abogados interpondrán dentro del plazo legalmente establecido para seguir defendiendo su inocencia respecto a la supuesta comisión de una prevaricación administrativa, al entender que no adoptó ninguna decisión ilegal, arbitraria e injusta y que, de existir, no superaría la mera ilegalidad formal de carácter administrativo, ya que se limitó a votar en un órgano colegiado como es la Junta de Gobierno de la Diputación, siendo el único miembro que fue encausado.

 

3.- Que esta sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra supone una enmienda general a la inconsistente resolución dictada el 5 de febrero de 2021 por la magistrada del Juzgado de lo Penal nº 3 de Pontevedra, Dña. Julia Monteagudo Limeres, ya que deja en evidencia su debilidad jurídica al anular el delito de fraude “porque no existió perjuicio ni riesgo de perjuicio para la Administración Pública ni tampoco se acreditó en los acusados el dolo o intención de perjudicar el patrimonio de la Administración” y al absolver totalmente a cuatro de las ocho personas condenadas en primera instancia, a las que Rafael Louzán les transmite su felicitación, en especial a la ex alcaldesa de Moraña, María Luisa Piñeiro Arcos.

 

4.- Que en la modificación de los Hechos Probados que realiza la Audiencia Provincial se resalta que “no consta que la cantidades cobradas por Eiriña S.L. no se correspondieran con obras efectivamente realizadas, ni que hubiese aplicado precios superiores al mercado”.

 

5.- Que considera revelador de la intencionalidad de este procedimiento el hecho de que una causa de 33 tomos, en la que originariamente se investigaban presuntas irregularidades en adjudicaciones de obras millonarias en todas las Administraciones, haya evolucionado hacia una causa de solo dos tomos, derivando en un juicio por una presunta prevaricación administrativa sin trascendencia económica en la concesión de una ayuda por importe de 71.000 euros + IVA.

 

6.- Que reivindica la presunción de inocencia y mientras ejerce su derecho a seguir defendiéndose por la vía judicial contra esta sentencia provisional continuará desarrollando su cometido como presidente de la Real Federación Gallega de Fútbol con absoluta normalidad, como ha venido haciendo a lo largo de los últimos 15 meses, desde que le fue notificada la sentencia en primera instancia".

 

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