El error de los comités con Galarreta puede generar inseguridad en los clubes

El Comité de Apelación ha desestimado el recurso presentado por la UD Las Palmas contra la sanción que el miércoles Competición le puso a Íñigo Ruiz de Galarreta. El jugador donostriarra había sido expulsado por una doble amonestación en la última jornada en Extremadura.
El equipo canario pedía en dicho recurso que al jugador se le retirara la primera de las dos tarjetas amarillas (y por consiguiente, la expulsión) que el árbitro andaluz Figueroa Vázquez le mostró pasada la media hora de la primera parte.
En el acta arbitral la primera tarjeta había sido justificada en los siguientes términos: "Cortar el balón con el brazo en un lanzamiento que iba dirigido hacia la portería adversaria".
Como hemos contado en reiteradas ocasiones en IUSPORT, el Código Disciplinario sólo recoge un supuesto por el cual los órganos pueden dejar sin efectos las decisiones arbitrales: cuando haya "error material manifiesto".
Así lo indica el artículo 130.2: "Las consecuencias disciplinarias de las referidas expulsión podrán ser dejadas sin efecto por el órgano disciplinario, exclusivamente, en el supuesto de error material manifiesto".
Lo sorprendente, y a la vez peligroso, de la resolución del Comité de Apelación es que se tropieza otra vez con la misma piedra que Competición. Hay un claro "error material manifiesto" en la redacción del acta.
(Ir al minuto 1:20)
El colegiado redactó que el jugador cortó un balón "que iba dirigido hacia la portería adversaria". Si apreciamos las imágenes se ve cómo el balón va desviado sin quedar encuadrado en ningún momento entre los tres palos. Por lo que no va a portería y la redacción está equivocada en ese aspecto.
Por otra parte, no está nada claro que el balón impacte en lo que se puede considerar 'zona de mano'. Las imágenes muestran cómo el balón impacta entre la parte superior del pectoral y el deltoide del jugador, pero sin claridad alguna.
El Comité de Apelación, como antes lo hiciera Competición, ha justificado en su resolución que "no se observa un error material y menos aún uno de carácter manifiesto en la decisión arbitral impugnada que permita desvirtuar la calificación de los hechos realizada por el árbitro". Si bien se puede debatir de manera muy ténue y sin encontrar una respuesta clara si la mano es evitable o no, lo que está claro a juzgar por las imágenes es que el balón no está encuadrado entre los tres palos, por lo que no es un balón "dirigido hacia la portería adversaria".
Por lo tanto hay un error material manifiesto del árbitro en su redacción en el acta. No es un balón que se ve que va al palo, lo cual se podría debatir si va a puerta o no. Directamente se aprecia que va desviado. Y no impacta en la mano ni en el brazo del jugador.
Las manos en el fútbol siempre han sido la mayor controversia debido a lo delgada que es la línea entre la voluntariedad e involuntariedad. También, quizás, porque se cambian o matizan los criterios constantemente.
Pero en este caso, no hay necesidad de enjuiciar la voluntariedad porque no hay mano.
La resolución dejará enojado al aficionado a la UD Las Palmas por perder a Ruiz de Galarreta esta próxima jornada en el duelo estelar de la jornada contra el Málaga.
Pero, peor aún, esta resolución, con un "error material manifiesto" tan evidente y tan obviado, genera una inseguridad juridica y una incertidumbre jurisprudencial en el resto de los clubes que vayan a recurrir.

















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