
El acta del Valladolid-Barça del sábado pasado, suscrita por De Burgos Bengoetxea, no contiene alusión alguna a las deficiencias existentes en el terreno de juego e instalaciones, pero no se trata de ninguna infracción por parte del colegiado.
No fue una omisión involuntaria, sino que no es su misión hacerlo constar, salvo que las deficiencias produzcan una demora, suspensión o cancelación del partido. Sólo en esos supuestos el colegiado está obligado a hacer constar las circunstancias que lo hubiesen propiciado, pero no fue el caso.
El partido se celebró sin incidencias graves provocadas por el césped, de ahí que De Burgos Bengoetxea no hiciera constar nada al respecto.
Otra cosa es el informe del Delegado Informador. A éste sí le compete informar de cualesquiera incidencias, incluido el estado del césped, y tanto en LaLiga como en la RFEF se espera sendos informes detallados al respecto.
Así lo establece el art. 174 del Reglamento General de la RFEF:
Artículo 174. Delegados informadores.
"3. Son funciones del Delegado-Informador:
...
b) Reflejar los actos de racismo, xenofobia, intolerancia y en general de discriminación de toda índole que, en su caso se produzcan en los estadios, y cualesquiera otros aspectos, en relación con el desarrollo del juego, eventuales incidencias acaecidas y cuestiones, en general, referentes al encuentro; informando a los órganos disciplinarios de la RFEF sobre tales incidentes.
..."



















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