
Rodríguez Zaragoza asegura que el club asumirá "de buen grado" abonar el 5% del total de sus ingresos anuales por ser el principal usuario del estadio de fútbol, informa Miguel Ángel Autero en LA OPINIÓN DE TENERIFE
El director general del Club Deportivo Tenerife, Pedro Rodríguez Zaragoza, consideró ayer que "es lógico" que el Cabildo de Tenerife cobre una tasa al club de fútbol como usuario principal del estadio Heliodoro Rodríguez López, una instalación deportiva que la Institución insular adquirió en 1972.
La modificación de la ordenanza que regula las tasas por la utilización privativa del dominio público insular, aprobada en el último pleno del Cabildo de Tenerife, establece el pago de un tributo o tasa por el uso y disfrute de esta infraestructura deportiva.
En un informe del mes de abril, el Servicio Administrativo de Presupuestos y Gastos Públicos del Cabildo valoraba a finales del pasado año que el criterio "más objetivo y adecuado" sería establecer la tasa en el 5% sobre los fondos obtenidos por la empresa cada temporada con motivo de la utilización del estadio, lo que supondría ingresar unos 112.241 euros al año al tomar como referencia la temporada 2015/2016.
Rodríguez Zaragoza señaló ayer a la opinión de tenerife que "no hay ningún problema con abonar una tasa por el uso de unas instalaciones que son propiedad del Cabildo de Tenerife" y añadió que "no hay ningún problema con eso, faltaría más", aseveró el director general de la sociedad anónima deportiva.
"El Cabildo, como propietario del estadio, establece los baremos de repercusión económica que considera razonables y ajustados a derecho, y el Club Deportivo Tenerife, que usa el Heliodoro Rodríguez López, no se opondría a abonarlos", según refirió Rodríguez Zaragoza.
Según consta en el expediente, la instalación es aprovechada únicamente por esta sociedad desde ese ejercicio y el servicio de Intervención recuerda que desde octubre de 1994 ostenta la condición de usuario principal sin abonar ningún tipo de cuantía durante estos prácticamente 24 años.
En su informe emitido el pasado mes de abril, previo al sometimiento de la modificación al pleno, el órgano fiscalizador advierte de que supone una actuación "irregular no haber procedido con anterioridad a dar cumplimiento al principio general del Derecho Administrativo", que establece que el uso especial y privativo del dominio público está "sujeto" al pago de un canon, tasa o impuesto.
El auditor manifiesta que la responsabilidad de fijar un tributo corresponde al Cabildo y señala que su omisión ha permitido al Club Deportivo Tenerife disfrutar del estadio de forma gratuita "contraviniendo la normativa vigente". Pero además, si bien informa favorablemente al documento aprobado en la sesión plenaria, deja claro que tampoco está de acuerdo con que el inmueble sea considerado un "bien demanial de servicio público" en vez de un "bien patrimonial". Considera, por tanto, conveniente aplicarle esta última naturaleza por su utilización "histórica", lo que obligaría a la entidad deportiva a satisfacer un canon que "no sería inferior al 6% del valor en venta de los bienes".
El área insular de Deportes elevó una propuesta en 2015 en la que planteaba cobrar al Club el 1,5% de los ingresos de la facturación por abonados y taquillas, sin embargo, así como una bonificación del 50% cuando la sociedad presentara un fondo de maniobra negativo. Sin embargo, el Servicio de Gestión Financiera y la Intervención se opusieron a esta rebaja por no existir una habilitación legal que la justificara.






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