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José Sellés
José Sellés Lunes, 28 de Mayo de 2018

La CyD Leonesa se expone a una severa sanción por el lanzamiento de una botella a un asistente

Una jornada más, un partido de Segunda División se ha visto empañado por el lanzamiento de un objeto procedente de la grada hacia el colectivo arbitral. En este caso, hacia un árbitro asistente. Se produjo en el Reino de León por partida doble durante la disputa del Cultural y Deportiva Leonesa – Real Oviedo este domingo, partido que se llevaron los locales por 2-0.

 

Según reflejó el gallego Rubén Eiriz Mata en el acta arbitral, “en el minuto 76 de partido, desde la grada situada detrás del árbitro asistente número dos, a la altura del área de penal se lanzó una botella de 50 cl con líquido en su interior y cerrada con tapón. Dicha botella impactó en la rodilla derecha de mi asistente número dos, sin llegar a necesitar atención médica. Por este hecho, detuve el juego aproximadamente 30 segundos y lo comuniqué al delegado de campo para que avisaran por megafonía. En el minuto 89 se volvió a repetir esta misma acción pero sin impactar en persona alguna”.

 

Seguramente, el aficionado que lanzó el objeto (por llamarlo de alguna manera) en lo que no cayó es que el principal perjudicado por ello sería su equipo, puesto que, al no matizar en el acta arbitral que el lanzamiento se produjo en la zona reservada para la afición visitante, es el equipo local el que responde para estos casos.

 

La infracción se cometió hasta en dos ocasiones, como dice el acta, pero sólo en la primera impactó en un miembro del equipo arbitral. Ahora queda por ver si este miércoles el Comité de Competición entenderá estos hechos como una alteración del orden del encuentro de carácter leve o grave.

 

Viendo los precedentes de esta temporada, es probable que se califique esta alteración de manera “grave” y se aplique el artículo 101.2 del Código Disciplinario, que reza lo siguiente: “Se considerará infracción de carácter grave y será sancionado con multa en cuantía de hasta 3.000 euros y apercibimiento de clausura, el lanzamiento de varios balones, o de cualquier otro elemento al terreno de juego procedentes de la grada, con independencia de si el juego está o no detenido”.

 

Si acudimos a dos precedentes de esta temporada, veremos que es posible que se aperciba de cierre el Reino de León o se clausure el sector desde el cual se lanzó la botella por el simple hecho de que el objeto impacta en un asistente. El pasado 14 de abril, el Comité de Competición decidió calificar como alteración del orden del partido con carácter leve el lanzamiento de una botella que se había producido en el Huesca – Albacete. El hecho de que sólo se sancionara con multa se debió a que el árbitro navarro Eduardo Prieto Iglesias había destacado en el acta que “pese a ir en dirección de dicho asistente, no llegó a impactar en él”.

 

En cambio, en esta ocasión sí que se destaca que golpeó en la rodilla del asistente y por ello paró el partido, aunque fuera por medio minuto. Como lo sucedido el pasado 21 de abril en el estadio Heliodoro Rodríguez de Tenerife, donde el partido también se tuvo que parar por el lanzamiento de una moneda a la árbitra asistente Guadalupe Porras durante el Tenerife-Huesca. Para aquella ocasión, el órgano disciplinario de la RFEF sancionó al conjunto chicharrero con 1.500 euros y la clausura parcial por un partido de la grada desde la que se había lanzado el objeto.

 

ACTA ARBITRAL DEL CULTURAL Y DEPORTIVA LEONESA - REAL OVIEDO

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