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José Sellés
José Sellés Miércoles, 23 de Mayo de 2018

En qué caso (remotísimo) podría impedir el Mirandés la introducción de símbolos del Mallorca en Anduva

Faltan menos de cuatro días para que se conozcan a dos de los cuatro primeros equipos que ascenderá a la Liga 123 y el Mirandés ha decidido poner toda la carne en el asador. Dentro del campo y fuera de él. Nada más terminar el partido de ida en Son Moix, el entrenador del Mirandés, Pablo Alfaro, advirtió del “ambiente” con el que se encontraría el Mallorca en Anduva para defender el 3-1. Menos de 24 horas después, el club tuiteó una foto de una tangana entre ambos clubes mostrando la “confianza todavía mayor” en el equipo. Y lo último afecta a la grada.

 

El Mirandés comunicó en la tarde de este miércoles que ningún aficionado que vaya a sentarse en una grada que no sea la de la afición visitante podrá portar “ningún distintivo perteneciente al club visitante”. Es decir, ningún distintivo del Mallorca. Ya sean camisetas, bufandas, gorras o calcetines. De hecho, ha recalcado que “aquellas personas que deseen acceder al estadio y porten alguno de los complementos citados deberán dejarlos en el exterior ya que el estadio no dispone de consigna para la guarda y custodia de objetos”.

 

Un comunicado que ha sorprendido a propios y extraños. Primero, porque el partido se va a disputar en un estadio muy pequeño (apenas caben 6.000 personas en Anduva). Segundo, porque ni Mirandés ni Mallorca son conocidos por tener aficiones especialmente radicales o peligrosas. Y tercero, porque la afición visitante que acudirá a Anduva no superará las 300 personas.

 

El conjunto burgalés, como equipo anfitrión, es el que ha de responder en cuanto a la organización de la seguridad privada en el estadio. De hecho, el no hacerlo le supondría una sanción disciplinaria y económica: “La no adopción de medidas de seguridad o la falta de diligencia o de colaboración en la represión de comportamientos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes será considerada como infracción de carácter muy grave”, reza el artículo 73 del Código Disciplinario. No obstante, no vale cualquier medio más allá de los que la ley les cede para asegurar la seguridad en los estadios.

 

¿Estrategia o medida de seguridad? La Ley contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte del año 2007 establece varias condiciones de obligado cumplimiento para acceder a los recintos deportivos para cualquier aficionado, sea del equipo que sea. Son las siguientes:

 

1. Queda prohibido:

 

a) Introducir, portar o utilizar cualquier clase de armas o de objetos que pudieran producir los mismos efectos, así como bengalas, petardos, explosivos o, en general, productos inflamables, fumíferos o corrosivos.

 

b) Introducir, exhibir o elaborar pancartas, banderas, símbolos u otras señales con mensajes que inciten a la violencia o en cuya virtud una persona o grupo de ellas sea amenazada, insultada o vejada por razón de su origen racial o étnico, su religión o convicciones, su discapacidad, edad, sexo o la orientación sexual.

 

c) Incurrir en las conductas descritas como violentas, racistas, xenófobas o intolerantes en los apartados primero y segundo del artículo 2.

 

d) Acceder al recinto deportivo bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

 

e) Acceder al recinto sin título válido de ingreso en el mismo.

 

f) Cualquier otra conducta que, reglamentariamente, se determine, siempre que pueda contribuir a fomentar conductas violentas, racistas, xenófobas o intolerantes.

 

Esta última condición puede ser a la única a la que se pueda aferrar el Mirandés: “Cualquier otra conducta que, reglamentariamente, se determine, siempre que pueda contribuir a fomentar conductas violentas, racistas, xenófobas o intolerantes”. La ley recalca que otras medidas que se pueden tomar han de estar publicadas “reglamentariamente”, es decir, en un reglamentos. De las competiciones, federaciones u otros órganos. Pero un simple comunicado de un club, como es el caso del Mirandés, no vale, porque no es un reglamento.

 

Declaración de alto riesgo

 

La única opción que puede tener el Mirandés para impedir que los aficionados del Mallorca accedan al recinto con su bandera o con los símbolos del equipo sería en el caso de que se declarara el partido de alto riesgo. Esta declaración la debería de hacer la Comisión Estatal contra la Violencia.

 

En el caso de que se declarara el Mirandés-Mallorca como un partido de alto riesgo se reforzarían las medidas de seguridad en varios aspectos. La Ley contra la Violencia en el Deporte concreta que se reforzaría el sistema de venta de entradas, la separación de las aficiones rivales en zonas distintas del recinto, el control de acceso para el “estricto cumplimiento de las prohibiciones existentes” y “las medidas previstas que se juzguen necesarias para el normal desarrollo de la actividad”.

 

En esa última opción, “las medidas previstas que se juzguen necesarias”, que guarda relación con los objetos que se pueden introducir y los que no en los recintos, sería donde el Mirandés podría tener algún argumento. No obstante, chocaría con el derecho constitucional “a expresar y difundir libremente los pensamientos o convicciones” sin incitar a la violencia.

 

El Mallorca podría denunciar

 

Si el partido se declarara de alto riesgo, interpretando muy profundamente la Ley contra la Violencia en el Deporte se podría llegar a entender que en las zonas del estadio que no sean para la afición visitante se pidiese que no se lucieran símbolos del Mallorca.

 

No obstante, si no se declara de alto riesgo y el domingo a los aficionados del Mallorca se les obliga a dejar sus atuendos con los símbolos o colores del Mallorca fuera del estadio, el club podría presentar una denuncia ante la Comisión Antiviolencia.

 

En la Ley contra la Violencia en el Deporte se tilda de infracción muy grave “el incumplimiento de las normas o instrucciones que regulan la celebración de las competiciones, pruebas o espectáculos deportivos, que impidan su normal desarrollo y produzca importantes perjuicios para quienes participen en ellos o para el público asistente”. En este caso se entiende que se habría incurrido en un “importante perjuicio” para el público visitante desplazado. En el caso de incurrir en una infracción muy grave, el Mirandés podría ser sancionado con una multa de entre 60.000 y 650.000 euros.

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