Domingo, 11 de Enero de 2026

Actualizada Domingo, 11 de Enero de 2026 a las 22:11:31 horas

José Miguel Fraguela
José Miguel Fraguela Viernes, 23 de Marzo de 2018

Escenarios posibles ante una eventual cautelar favorable a Villar

[Img #65795]

En IUSPORT hemos dedicado varios artículos a comentar la medida cautelar solicitada por Ángel María Villar al tribunal de lo contencioso que conoce de su recurso contra la resolución del TAD del pasado 22 de diciembre, por la que se decretó su destitución.

 

También hemos expuesto los principales argumentos alegados por el expresidente de la RFEF ante el Tribunal.

 

Hoy vamos a centrarnos en analizar los posibles escenarios que se darían si finalmente se le concede la suspensión cautelar.

 

Y lo primero que hay que diferenciar es si esa medida se produce antes o después del 9 de abril, fecha señalada para la elección de nuevo presidente de la RFEF por parte de la Asamblea General.

 

Escenario A: la cautelar se concede antes del 9 de abril

 

Si el tribunal acepta sus argumentos y le concede la cautelar antes de que concluyan las actuales elecciones, ello tendría un efecto expansivo incalculable.

 

Para empezar, se producirá la suspensión "sine díe" del proceso electoral recientemente convocado para cubrir la presidencia.

 

Quedaría suspendido asimismo el acuerdo del TAD por el que se destituyó a Ángel María Villar, lo que significaría que este recobraría la titularidad del cargo.

 

Sin embargo, sobre este punto hemos de matizar lo que expusimos en su momento. No está claro que en tal supuesto se reanude el periodo de suspensión que acordó la Comisión Directiva del CSD acordó a finales de julio de 2017 sobre Villar.

 

Aunque hay quienes opinan que así ocurriría, nosotros así nos habíamos manifestado, otros juristas sostienen que lo más ortodoxo es que tal órgano del CSD deba volver a acordarla, si lo estima oportuno, claro. La suspensión de julio de 2017 quedó sin efecto el 22 de diciembre, cuando el TAD destituyó a Villar, opinan voces autorizadas.

 

Por tanto, la Comisión Gestora quedaría disuelta y volvería a funcionar la Junta Directiva con Villar, de nuevo, como presidente, salvo que sea suspendido nuevamente. Recobraría -temporalmente- no solo la presidencia, sino también el ejercicio de la misma.

 

Si fuese suspendido nuevamente por el CSD, Larrea volvería a asumir la presidencia interina.

 

La moción de censura de Rubiales

 

Aunque el tema es opinable, creemos que la moción presentada en su momento decayó, por lo que, si esa es su voluntad, el expresidente de AFE debería volver a presentarla.

 

Escenario B: la cautelar llega después del 9 de abril

 

En este caso, entendemos que se produciría una resolución de imposible cumplimiento. Una vez celebradas nuevas elecciones, una eventual cautelar sería inaplicable, por lo que habría que acudir a un incidente de ejecución que suele desembocar en una indemnización, aunque consideramos que ello debería esperar a una sentencia que declare la nulidad del acuerdo del TAD que decretó la destitución de Villar.

 

No hace falta decir que si la resolución sobre las medidas cautelares fuese desfavorable a Villar, el proceso electoral actual seguiría su curso normal.

 

Y en el caso de que, a pesar de una cautelar desfavorable, la sentencia anulase la destitución de Villar, nos remitimos a lo expuesto antes sobre los incidentes de ejecución de resoluciones judiciales de imposible cumplimiento.

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.