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Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Ver comentarios 1 Miércoles, 21 de Marzo de 2018

¿Debe cambiar LaLiga de fecha el partido Villarreal-Athletic del 9 de abril?

La Orden Ministerial que regula los procesos electorales recoge que el día de las elecciones a la Asamblea no puede haber competición oficial. El anexo II del Convenio de Coordinación de la RFEF-LFP permite a la liga la posibilidad de fijar partido los lunes o viernes

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Ayer martes nos hacíamos eco en IUSPORT de la denuncia presentada por Luis Rubiales, uno de los candidatos a la presidencia de la RFEF, por el hecho de que la Liga haya fijado la disputa del Villarreal – Athletic Club de Bilbao para el lunes 9 de abril a las 21:00 horas.

 

El mismo día que está previsto la celebración de la Asamblea General de la RFEF donde debe elegirse al presidente de la institución hasta el 2020, próxima fecha prevista para la celebración de elecciones.

 

En el comunicado emitido por Luis Rubiales dejaba constar que “este hecho supone un incumplimiento de la Ley muy grave, que impide asistir y votar a los asambleístas implicados en el mismo (ya sean futbolistas, árbitros o entrenadores”). En el mismo escrito dejaba constar que ha solicitado a la Liga que cambie de día el partido y a la RFEF que actúe de garante.

 

La pregunta que surge ahora es: ¿debe cambiar la Liga de horario el partido? ¿Debe actuar la Comisión Electoral de la RFEF ante esta circunstancia?. Partamos que, como bien asevera Luis Rubiales, la actual Orden Ministerial que regula los procesos electorales en las Federaciones Deportivas Españolas deja claro en su disposición adicional tercera la imposibilidad de celebrar elecciones en los días que haya competición oficial. Textualmente dice lo siguiente: “en los días en que esté prevista la celebración de pruebas o competiciones deportivas de carácter oficial, nacional e internacional con participación de clubes o deportistas españoles, en la modalidad deportiva correspondiente, no podrán celebrarse elecciones de los miembros de la Asamblea General o la Presidencia de la Federación Deportiva española”.

 

En este caso resulta que la fecha de las elecciones estaba fijada previamente al encuentro de la Primera división, de ahí la denuncia por parte de Luis Rubiales.

 

A día de hoy Oscar de Marcos no podría acudir a votar

 

Pero no es una decisión fácil por parte de la Comisión Electoral. Porque luego está la otra lectura que tiene dos vertientes. Por un lado ver cuantos son los afectados ese día por este partido en su deseo e intención de acudir a votar. Analizando la actual composición de la Asamblea, sólo un representante se vería afectado por esta circunstancia a día de hoy.

 

Se trata del jugador del Athletic, Oscar de Marcos, que forma parte de la lista de 13  jugadores profesionales que forman parte de la asamblea federativa. Bien es cierto que el Villarreal también es miembro de la Asamblea, dentro de los clubes profesionales. Pero en este caso el ejercicio al voto lo puede desempeñar cualquier representante oficial del club. En el apartado de entrenadores ni Athletic ni Villarreal se verían afectados por esta coincidencia.

 

Y luego está el estamento de árbitros. A falta de conocer la designación para el mismo, actualmente se podrían ver afectados tres de los 11 árbitros que forman parte de la Asamblea. Se trata de De Burgos Bengoechea, Gil Manzano y Martinez Munuera. En caso de no ser designados, tampoco el estamento arbitral se vería privado de su derecho al voto. Basta ver hasta qué punto esta situación puede afectar a la decisión que adopte la liga o la RFEF respecto a la reclamación de Luis Rubiales.

 

El convenio LFP-RFEF habilita a la liga a poder fijar un encuentro en lunes

 

Y luego está otra circunstancia y que hace referencia al propio encuentro en cuestión. El Villarreal-Athletic de Bilbao es el partido elegido para emitir esa jornada en abierto, dentro de las obligaciones que tiene el fútbol profesional de ofrecer en abierto un partido de cada jornada liguera de Primera división.

 

Resulta que el convenio de coordinación existente entre la RFEF y la Liga establece en su anexo 2 la “posibilidad de que se celebre un partido correspondiente al Campeonato Nacional de Primera y Segunda, tanto los viernes anteriores como los lunes posteriores a cada jornada”. En el apartado primero de dicho anexo queda recogida la autorización expresa de la RFEF salvo cuando coincida con compromisos de la selección o afecte a dichas convocatorias.

 

Este acuerdo le reporta este año a la Federación un total de 3.300.000 más el IPC de los últimos dos años. Cabe preguntarse si este encuentro se puede adelantar al viernes anterior, es decir al 6 de abril para así no afectar a la convocatoria electoral.

 

Lo cierto y verdad es que, analizados todos estos condicionantes, no es un decisión fácil. Veremos pues que postura adoptan finalmente tanto la Liga de Fútbol Profesional como la propia Comisión Electoral de la RFEF.

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