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Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Lunes, 26 de Febrero de 2018

Ángel María Villar, ni quiere ni puede presentarte a las elecciones de la RFEF

Según hemos podido saber en IUSPORT el ex presidente de la RFEF no tiene intención alguna de intentar presentar avales antes del 9 de marzo. En el hipotético caso de hacerlo, sería la Comisión electoral la que tendría que hacer frente a esta situación sin precedentes. Los Estatutos de la RFEF se lo impiden

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En los últimos días, y conforme se acerca a la fecha límite de presentación de avales del 9 de marzo para las presidenciales de la RFEF, había surgido el rumor que Ángel María Villar podría hacer algún movimiento para aparecer en el proceso electoral de la Ciudad del Fútbol.

 

Pues bien, desde IUSPORT podemos asegurar que oficialmente el expresidente de la Federación Española de Fútbol durante las tres últimas décadas no tiene previsto aparecer oficialmente en el procedimiento electoral. Empezando por los 15% de los avales que requiere la Orden Ministerial para poder hacerlo, que no se ha planteado volver a buscar.

 

Primero, porque Villar no tiene intención alguna de hacerlo. Está más centrado en el procedimiento judicial del caso Soule, que está todavía en fase de instrucción.

 

Y segundo, porque, como ya adelantamos en IUSPORT hace tiempo y confirmaba el pasado jueves José Ramón Lete, Secretario de Estado para el Deporte, los propios Estatutos de la RFEF lo impiden.

 

Basta ver el artículo 34 de los mismos relativos a la figura del presidente, donde en su apartado ocho dice textualmente que si “el Presidente cesara por una causa distinta a la conclusión de su mandato, la Junta Directiva se constituirá en Comisión Gestora y convocar elecciones para proveer el cargo. El que resultará elegido ocupará el cargo por tiempo igual al que restará por cumplir al sustituido...”

 

Situación en la que nos encontramos después de la destitución decretada por el TAD el pasado 22 de diciembre.

 

Pero si lo anterior fuera insuficiente, hay otro precepto clave. Lete confirmó que los propios Estatutos de la Federación Española (RFEF) impiden presentarse a Ángel María Villar, destituido antes de expirar su mandato por el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), el pasado 22 de diciembre, siendo así que su mandato expiraba en 2020.

 

Obsérvese que el TAD no inhabilitó a Villar. La sanción fue la "destitución", por lo que no está aquí la clave del asunto.

 

Lete se refirió a lo previsto en art. 23.2 de los estatutos RFEF, que establece lo siguiente:

 

"En el caso de que, por cualquier circunstancia, no consumaran aquel período de mandato, quienes ocupen las vacantes ejercerán el cargo por tiempo igual al que restase por cumplir a los sustituidos, los cuales no podrán presentarse a una nueva elección hasta que transcurra el período olímpico para el que fueron elegidos".

 

En IUSPORT hemos sabido que Lete solicitó un informe a la Abogacía del Estado y esa fue la conclusión de dicho informe, basada en el citado art. 23.2

 

¿Pero qué pasaría si Ángel Villar por sorpresa decidiera presentar esos 21 avales mínimos exigidos para ser candidato?

 

Partiendo de que esta hipótesis es prácticamente imposible, lo cierto es que llegado el caso, la decisión caería sobre los tres miembros que forman la Comisión Electoral de la RFEF.

 

Se trata de Francisco Rubio, presidente del Comité de Competición y Juez Único de la RFEF junto a María Nuñez Martínez y Carlos González Torres. Los tres con una dilatada experiencia. Este órgano cuenta con dos miembros suplentes en caso de ausencia de los titulares. Se trata de José Miguel López Roa y Alfredo Florez, expresidente del Comité de Competición.

 

Así pues veremos qué pasa en las próximas dos semanas. Como ya adelantamos en IUSPORT el pasado viernes la intención de Larrea es presentar los avales el próximo 7 de marzo.

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