El CSD sigue sin aprobar una nueva normativa de cánticos propuesta por la RFEF
El octubre del 2017 se incluyó esta modificación en el Código Disciplinario que incluye todo tipo de mensaje “degradante, vejatorio, irreverente o malsonante”. Las sanciones previstas supone el cierre parcial que podría ser total del estadio además de multas económicas de hasta 18000 euros. De haber sido aprobada por la Comisión Directiva de la CSD se podría aplicar con lo sucedido en el Estadio de Cornella y Gerard Piqué
En plena polémica por los cánticos proferidos desde un sector de la grada de Cornella y la respuesta de Pique en la celebración del gol en el derbi catalán de este domingo, conviene saber que la RFEF ha incluido desde el pasado mes de octubre una modificación en su Código Disciplinario acerca de los cánticos que se profieren desde la grada.
Durante estas dos últimas temporadas la RFEF y sus órganos disciplinarios, especialmente a raíz de los informes enviados por LaLiga donde recogen todos los insultos que se profieren en un estadio, se han encontrado con un grave inconveniente. Muchas de las sanciones, la gran mayoría económicas, que estos han impuesto a los clubes por estos insultos, expresiones violentas, racistas o incluso xenófobas proferidas desde una parte de su grada, en gran medida desde la zona de los considerados grupos radicales, han acabado siendo anuladas o sin llegar a ser efectivas. Ya sea porque ha sido derogadas en ocasiones por el Tribunal Administrativo del Deporte o por la vía del contencioso administrativo en la mayoría de ellas.
Pues bien la Federación Española de Fútbol, a la vista de este vacío jurídico y considerando que hay determinadas manifestaciones que no pueden producirse en un estadio de fútbol, llevó a cabo una modificación de su ordenamiento disciplinario en octubre del año pasado, modificación sobre la cual ya informamos en su momento en IUSPORT. Cambio que supone crear un nuevo artículo donde se recogen este tipo de mensajes que, sin llegar a ser violentos, racistas, xenófobos o intolerantes; si se consideran degradantes, vejatorios, irreverentes o malsonantes. Ya sea hacia el club rival como a sus integrantes, jugadores, las aficiones, los árbitros etc..Este nuevo artículo se titula “Actos y conductas contrarias a la tolerancia y el respeto”. Es un claro intento de poner coto a los insultos que se realizan todas las semanas desde sectores muy determinados de los estadios y que hasta ahora estaban quedando muchas veces impunes.
Los insultos a Gerard Pique y su familia serían sancionables
De haber estado ya en vigor, es decir de haber sido aprobada por la Comisión Directiva del CSD, por ejemplo podrían haberse sancionado los gritos que una parte de la grada Cornella ha proferido a Gerard Pique y su familia tanto en la eliminatoria de Copa como en el compromiso de este domingo 4 de febrero. E incluso, en caso de confirmarse la reincidencia en los mismos, las sanciones podrían ser muy duras para el Espanyol.
Clausura total y hasta parcial del estadio
Porque la propuesta enviada al CSD en octubre pasado incluye también las sanciones a la que se exponen todos aquellos que las realicen. Empezando por el cierre del estadio de uno a tres partidos, o de dos meses. Bien es cierto que con carácter previo a la clausura total, cuando el hecho se produzca en un sector determinado, podrá imponerse el cierre parcial de esa grada desde la cual se han realizado los insultos. Además del posible cierre, siempre que esté acreditado, el artículo recoge sanciones económicas de hasta 18000 euros para los clubes afectados pero también para los técnicos, futbolistas, árbitros o directivos que pudieran realizarlas.
Sanción a Gerard Pique por su gesto tras marcar el gol en caso de existir denuncia
Como ya os informamos en IUSPORT este domingo 4 de febrero, el gesto de Gerard Pique en su celebración del gol podría ser motivo de sanción. Eso si, siempre y cuando haya denuncia del Espanyol a Comisión Antiviolencia con copia al Comité de Competición, como sucediera en la eliminatoria de Copa del Rey dado que el colegiado no recoge nada en acta. Habrá que esperar también al informe de la Liga. En caso de producirse, esto daría pie a la apertura de un expediente extraordinario y el defensa azulgrana podría exponerse a una sanción entre uno y tres partidos, según está recogido en el artículo 121 del Código Disciplinario relativo a las “Provocaciones de público” que dice textualmente: “provocar la animosidad del público sin conseguir lo pretendido, se sancionará con una suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes”.

















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