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La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha remitido la circular núm. 16 de esta temporada a todos los clubes para poner en conocimiento una serie de acuerdos de la Comisión Estatal contra la Violencia encaminados a acabar con varios «grupos radicales», según adelantó Ramón Fuentes en el diario AS y en IUSPORT.
La Comisión entiende que la prevención contra la actuación violenta en los acontecimientos deportivos no puede llevarse a cabo sin la colaboración y participación activa de todos los implicados, y que los primeros interesados en dicha prevención son los clubes y sociedades anónimas deportivas.
En ese sentido, la Comisión considera que los clubes y sociedades anónimas deportivas tienen la posibilidad de restringir o reducir el uso de estas bufandas y/o pequeñas banderas y pancartas, potencialmente incitadoras de violencia verbal o física, a través de sus normativas internas y concretamente por medio del Reglamento Interno del recinto deportivo regulado en el artículo 6 el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, aprobado por Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero
Desde la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte se sugiere a todos los Clubes/SADs que "incluyan en su política de seguridad y orden público dentro de sus instalaciones, determinadas medidas como las consistentes en vigilar y/o impedir la entrada con pancartas pequeñas, banderas pequeñas y bufandas con el nombre y símbolos de los grupos de aficionados incluidos en I antedicho listado provisional".
Añade la circular que se ha observado que estos grupos radicales y/o violentos actúan o exp nen sus pancartas no sólo en los encuentros que su equipo disputa como local, sino t mbién cuando son "visitantes". Incluso se ha observado que, en casos concretos, actúan o exponen sus pancartas sólo o preferiblemente cuando su equipo es "visitante", en clara intención de evitar propuestas sancionadoras contra el club del que son seguido es, lo que pudiera llegar a provocar tanto que sea el club "local" el que afronte la res nsabilidad de sus actos como visitantes, como provocar posibles reacciones hostile del resto de los asistentes.
La Abogacía General del Estado emitió, con fecha 27 de julio de 201, un informe en el que se dice, entre otras cuestiones, que el permitir o facilitar el desplie ue de pancartas en el interior de los recintos deportivos con la inscripción de grupos, cuyos integrantes hayan sido sancionados de manera firme por la comisión de hechos recogidos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de la Ley 19/2007, supone una infracción por parte del Club u organizador.
El objetivo no es otro que erradicarlos, así como «evitar cualquier forma de promoción y visibilidad de este grupo de aficionados tanto en los encuentros en los que el equipo al que apoyen actúe como local como cuando lo haga en calidad de visitante».
Antiviolencia insta en definitiva a todos los clubes y SAD a que «incluyan en su política de seguridad y orden público dentro de sus instalaciones, medidas consistentes en vigilar y/o impedir la entrada de pancartas pequeñas, banderas pequeñas y bufandas con el nombre y símbolos de los grupos aficionados incluidos en el antedicho listado provisional».
Listado provisional de grupos ultras
Este es el listado provisional clubes a los que se ha comunicado que los antecedentes de los grupos de sus seguidores que se indican les hacen merecedores de la consideración de grupos que ha incumplido con la Ley 19/2007, a 28 de septiembre de 2017.
Jove Elx - ELCHE CLUB DE FUTBOL SAD
Ligallo Fondo Norteo - REAL ZARAGOZA SAD
Ligallo Fondo Norte - REAL ZARAGOZA SAD
lraultza - DEPORTIVO ALA VES SAD
Malaka Hinchas - MALAGA C.F., SAD
Frente Bokerón - MALAGA C.F., SAD
Biris-Biris Norte - SEVILLA F.C., SAD
Riazor Blues - R.C. DEPORTIVO LA CORUÑA SAD
Frente Atlético - C. ATLÉTICO DE MADRID, SAD


















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