
El desarrollo del deporte tiene como un rasgo esencial y característico el que las actividades deportivas se organicen y funcionen a través de las distintas asociaciones deportivas en sus distintas envergaduras y ámbitos de acción, llámese federación internacional, federación nacional, ligas, clubes, sociedades deportivas, entre otros.
Un tema muy vinculado y característico del deporte, es el denominado asociacionismo deportivo, el cual en el Perú guarda determinadas características distinguibles con respecto a otros ordenamientos. En principio, habría que decir que el capítulo VI de la Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, lleva por título “organizaciones deportivas” y que, dentro de ellas, no necesariamente se encuentran las que se constituyen por expresa voluntad de los asociados, sino también aquellas que, sin ser su objeto principal de actividad el deporte, están calificadas como organizaciones deportivas.
Para desenredar esta madeja puesta por la ley, empecemos primero por referirnos doctrinariamente sobre lo que se conoce como asociacionismo deportivo. El desarrollo del deporte tiene como un rasgo esencial y característico el que las actividades deportivas se organicen y funcionen a través de las distintas asociaciones deportivas en sus distintas envergaduras y ámbitos de acción, llámese federación internacional, federación nacional, ligas, clubes, sociedades deportivas, entre otros.
José Abanto Valdivieso
Máster en Intervención de la Administración en la Sociedad por la UNED


















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